Guillén de Lampart
Víctor Manuel López Wario
La página inah.gob.mx
aporta una descripción de los elementos constitutivos del Monumento a la Independencia[1]
—inaugurado por don Porfirio Díaz el 16 de septiembre de 1910 como parte de las
celebraciones del Centenario de la Independencia de México— para quienes
carecemos de una visión adecuada y para vencer la distancia, el brillo del sol,
el ocultamiento durante la oscuridad, las recurrentes conmemoraciones sociales,
deportivas, políticas y el paso acelerado ante él, quede por constancia el
aporte de especialistas la descripción de esta síntesis conmemorativa basada en
las antiguas columnas honorarias erigidas por los romanos:
“Coronando
la columna se encuentra la estatua de 6.7 metros hecha por el artista Enrique
Alciati; es uno de los más reconocibles hitos de la Ciudad de México. No fue la
intención representar a un ángel, sino con más precisión a la ‘Victoria Alada’.[2]
La estatua de bronce está cubierta de oro y pesa 7 toneladas[3].
En su mano derecha sostiene una corona de laurel triunfante por encima de la
cabeza de Miguel Hidalgo, mientras que en la izquierda, sostiene una cadena rota
que simboliza la libertad de más de tres siglos de dominación española.”
Guillén de Lampart
(Interior dela Columna a la Independencia.)
memoriapolitica.com
(Bajo
la Victoria Alada hay una caseta con una puerta al oriente que da acceso a una
terraza de no más de 0,80 m, que la recorre perimetralmente y está resguardada
por un barandal de bronce repujado que antaño tenía escudos de bronce en las
cuatro caras con las iniciales R.M. “República Mexicana”. Un capitel formado
por cuatro águilas con las alas extendidas, volutas y hojas de acanto en los
cuatro lados sostiene a este mirador.)[4]
Con
respecto a la columna en sí: “La palma que viste el cuerpo de la columna,
sostenida por los anillos con los nombres de los héroes, tiene un doble
simbolismo que ha sido recogido por los estudiosos de la iconografía de los
santos y posteriormente por los que estudian las figuras heroicas. Se refiere
(de manera congruente con la alegoría que corona la columna) a la victoria de
los héroes de la Independencia sobre el domino español de tres siglos.” Y
acotan: “Como la escalera original no era confiable, años más tarde se
construyó una más segura para subir a la plataforma.”
“El
capitel, la parte superior de la columna, está rodeada por cuatro águilas con
las alas extendidas, como en el escudo nacional de esa época.
“La
estructura de la columna es de acero cubierta de (con) cantera de Chiluca,
decorada con guirnaldas (de encino que nacen de cuatro cabezas de león
esculpidas en el anillo más bajo. Bajo éste, en el lado oriental, se encuentra
un bajorrelieve que representa la fama que lleva una trompeta. Al pie de la
columna se hallan dos coronas: una, que simula la piel de una serpiente, y bajo
ésta una de laurel), palmas y anillos con los nombres de los héroes de la
Independencia:
“El anillo superior
lleva los nombres de: Hermenegildo Galeana, Mariano Matamoros, Guadalupe Victoria
y Manuel Mier y Terán.
“El anillo
antes del ciclo escultórico lleva los nombres de: Agustín de Iturbide, Juan
Aldama, Ignacio Allende e Ignacio López Rayón.
Grupo
escultórico: “En este detalle se aprecia a Miguel Hidalgo al centro, con dos
estatuas femeninas que representan la Historia, sosteniendo un libro y la
Patria entregando un laurel de victoria.”
El grupo
escultórico a un nivel inferior de Miguel Hidalgo lo componen: “José María
Morelos, 1765-1815, líder del movimiento de independencia, después de la
ejecución de Hidalgo (suroriente). Vicente Guerrero, 1783-1831, líder
insurgente después de la muerte de Morelos, segundo presidente de México
(nororiente). Francisco Javier Mina, 1789-1817, militar español que se unió a
la causa de la Independencia (surponiente) y Nicolás Bravo, 1786-1854, comandante
del ejército rebelde, más tarde presidente de México en tres ocasiones
(norponiente).”
(Bajo éstas,
en las caras norte y sur del pedestal se encuentran dos rosetones que permiten
la entrada de luz al interior del monumento. En cada cara se muestran en
bajorrelieve dos haces romanos, además de hojas de encino y laurel que
representan la fuerza y la victoria, respectivamente. En la fachada de oriente
hay un escudo ornamental con las fechas de proclamación y consumación de la
independencia (1810–1821), y…) Al
frente del basamento: “Placa con la leyenda ‘La Nación a los Héroes de la Independencia’.
Frente a ésta: ‘León adornado con guirnaldas, es conducido por un genio,
contrastando la corpulencia del animal que simboliza “la fuerza del pueblo”
guiada a su feliz destino por la ley, creación debida al ingenio humano, frágil
como un niño, pero sagaz como geniecillo que la conduce feliz.”
(“En la cara
oriente se ve una placa de mármol que permaneció sin escritura hasta 1986 y
2006, cuando se le grabó la historia del monumento: Monumento a la
Independencia. Construido de 1908 a 1910. Inaugurado el 16 de septiembre de
1910. Restaurado en 1958 y 1986. Noviembre de 1986. Septiembre de 2006.”)[5]
Cuatro figuras
femeninas. Al lado izquierdo (visto de
frente el monumento): el símbolo de la Paz (en las caras laterales
sobresalientes lleva grabados los nombres de los precursores: Melchor de
Talamantes, Francisco Primo de Verdad y Ramos y Marqués de San Juan de Rayas en
una de las caras y de los consumadores: Pedro Ascencio, José Joaquín de Herrera
y Miguel Barragán en la otra cara); a la derecha la representación de la
Justicia (con los nombres grabados de los escritores: Servando Teresa de Mier
Noriega y Guerra, Joaquín Fernández de Lizardi y Carlos María de Bustamante en una de las
caras y de los congresistas: José María Cos, José María Liceaga y Andrés
Quintana Roo, en la otra cara); atrás de ésta la representación de la Ley (en
las caras laterales de su base los
nombres grabados de las heroínas: Josefa
Ortiz de Domínguez, Leona Vicario Fernández de San Salvador y Mariana Rodríguez
del Toro de Lazarín y los conspiradores: José Mariano de Michelena, Epigmenio González
y Antonio Ferrer, en la otra) y en el cuarto lado, la simbolización de la Guerra
(lleva grabados los nombres de los caudillos: Mariano Jiménez, Leonardo Bravo y
Pedro Moreno en una de las caras y de los guerrilleros: Encarnación Ortiz,
Víctor Rosales y José Antonio Torres en la otra).[6]
[7]
“La puerta (de
hierro y bronce) del mausoleo tiene un medallón que representa la República
Mexicana. Se ha dicho que Antonieta Rivas Mercado[8],
hija del arquitecto (Antonio Rivas Mercado. Tepic, 26 de febrero de 1853 –
Ciudad de México, 3 de enero de 1927) fue la modelo para este detalle.”.[9]
(A su costado sur hay un bajorrelieve con figuras de origen grecorromano, todas
relacionadas con la diosa Atenea, que era la protectora del pueblo romano,
además de los símbolos de la república romana como un hato de flechas, una hacha
y un bastón de mando con la inscripción latina SPQR (Senatus Populusque Romanus
– El Senado y el Pueblo Romano). Del lado norte, otro bajorrelieve con figuras
mexicanas, aunque bajo interpretación europea, un Escudo Nacional y la efigie
del dios Quetzalcoatl. A los costados de estos y ocultos, un escudo nacional al
sur y un escudo de Atenea al norte.”[10]
Anota que de
1910 a 2008 “A causa del hundimiento del suelo, ha sido necesario añadir más de
14 (¿15? ¿16?...) escalones a la base original.”
“Mausoleo. En
1925, el mausoleo situado en la base del monumento recibió los restos de los
héroes de la Independencia: Juan Aldama, Ignacio Allende, Nicolás Bravo,
Vicente Guerrero, Miguel Hidalgo y Costilla, José Mariano Jiménez, Mariano
Matamoros(¿?), Francisco Javier Mina, José María Morelos y Pavón, Andrés
Quintana Roo, Leona Vicario, Guadalupe Victoria, Pedro Moreno y Víctor
Rosales.”
“El pebetero
que contiene la lámpara votiva fue creado siguiendo los lineamientos formales
de la época, cuando los perfiles prehispánicos respondían a la creación de un
arte nacional.”
Complementa la
descripción con el encabezado de: “Estatura controvertida. El mausoleo tiene
una estatua del irlandés Guillén de Lampart —un hombre atado a un madero— se
encuentra dentro de la columna de la Independencia., un oscuro personaje que se
dice se proclamó Rey de México, por lo que fue condenado por la Inquisición a
ser quemado en la hoguera.”[11]
[12]
“La plataforma
principal tiene una forma compuesta por un círculo y un cuadrado, de la cual
parten por cada punto cardenal cuatro juegos de escaleras, en los extremos del
cuadrado se encuentra cuatro obeliscos que sirven de base a cuatro faroles de
luz eléctrica con cubierta de vidrio opaco en forma de globo, que salen de una
moldura metálica con cabezas de leones.”[13]
Gerardo De la
Concha en su “El héroe que México creó... ¡para ocultarlo!” aparecido en La Razón de México con fecha jueves 24
de abril añade la añeja anécdota y motivo de discusión acerca de la veracidad
de tal hecho y momento:
“Como los miembros del Comité no se pusieron de acuerdo sobre el
asunto, concluyeron interviniera Don Porfirio en el tema. Él escuchó la
exposición de ambos argumentos y luego dijo:
—La estatua de este irlandés está justificada, padeció por querer
nuestra Independencia muy tempranamente, pero entiendo estaba muy loco, póngase
entonces dentro de la columna.
“Así es como Porfirio Díaz (1830-1915), con su sabia ambigüedad
homenajeó y encerró de nuevo a Guillén de Lampart, cuya estatua se encuentra en
el vestíbulo dentro de la Columna de la Independencia. Es como el símbolo de un
precursor de la Independencia de México a quien le reconocemos esta condición,
a cambio de que permanezca oculta.”
(Aquí cabe preguntarnos:
¿De quién fue la idea original para integrar la imagen/escultura de William
Lamport en el proyecto original? ¿Cuál era el emplazamiento original para ella?
¿En verdad intervino don Porfirio Díaz sólo en la decisión final del
ocultamiento —dado el costo económico y político de cada elemento constitutivo—
cuando era más fácil desecharla? Sin olvidar el viejo principio de que en
política nada es gratuito.)
“Dos obras
contemporáneas, interesantes, se ocupan también de ciertos sesgos de este
irlandés inquieto hasta después de muerto. Javier Meza González se centra en la
mitomanía y la retórica del prisionero de la Inquisición: El laberinto de la
mentira. Guillén de Lamporte y la Inquisición. Un autor italiano, Fabio
Troncarrelli, explora sus rasgos míticos: El mito del Zorro y la Inquisición en
México. La aventura de Guillén Lombardo.”[14]
¿Quién fue Guillén de Lampart?
William Lamport, Guillén de
Lampart, Guillén Lombardo o Lombardo de Guzmán (Wexford, Irlanda, 1611 - Ciudad
de México, Nueva España, 19 de noviembre de 1659) fue un inmigrante,
conspirador, soldado, revolucionario y poeta místico irlandés[15]
que viajó al virreinato de Nueva España. Quiso hacerse pasar por hijo de Felipe
III de España con la idea de gobernar la colonia española y una vez en el
poder, liberar a indios, negros y mestizos. Fue descubierto, enjuiciado por los
tribunales de la Inquisición y sentenciado a morir en la hoguera. Sería la
forma escueta para retratarlo. La realidad resulta compleja.
William
Lamport/William Lampart/Guillén de Lampart/Guillén Lombardo de Guzmán fue hijo
de Richard y Anastasia— nobles católicos empobrecidos y patriotas rebeldes
contrarios a la ocupación inglesa protestante de Irlanda—. Su abuelo Patrick
participó en la Batalla de Kinsale y contagió a su nieto con su patriotismo y
sus técnicas conspiratorias. El entonces William cursó los estudios primarios
con los hermanos de la orden de San Agustín y con los franciscanos en su lugar
natal (Wexford) y más tarde con los jesuitas en Dublín nutrió su saber en retórica
y latín.
En el inciso
correspondiente a “El nombre”, Andrea Martínez Baracs aporta: “… En diversas
declaraciones ante el tribunal del Santo Oficio firmó «don Guillén Lombardo de
Guzmán», y en el pregón que estampó en las paredes de la ciudad en 1650, «don
Guillén Lombardo». Pero eran adaptaciones hispánicas de su nombre irlandés, que
debe haber sido William Lamport, como lo llama el historiador de esa nación,
Gerard Ronan. Por ello Gabriel Méndez Plancarte lo llamó Guillén de Lámport.
Una derivación, elegida por Javier Meza González, fue Guillén de Lamporte. Yo
he querido seguir la línea historiográfica de sus principales biógrafos
mexicanos: Luis González Obregón y Vicente Riva Palacio, quienes lo llamaron
Guillén de Lampart.[16]
Respecto a la
apariencia física del personaje, Andrea Martínez Baracs trae un edicto de la
Inquisición que lo describía así: «hombre de mediana estatura, rubio de barba y
cabello tirante a castaño, enjuto de carnes, quebrado de color, ojos muy
vivos».[17]
Mientras Jordi Soler lo define como “Pelirrojo…”[18]
Un retrato de William Lamport realizado Peter Paul Rubens poco después de la
toma de Nördlingen en el transcurso de la “Guerra de los Treinta Años” lo
representa con el cabello rubio rizado, sano, joven, enfundado en su coraza y de
buen aspecto.
En su
Introducción para “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas”, Andrea
Martínez Baracs[19]
deja su visión del protagonista:
“Hay
personajes históricos que reúnen muchas historias en una, que condensan su
época con prolijidad y sirven de intersección de corrientes que llegan de muy lejos.
Es el caso de Guillén de Lampart (1611 o 1615-1659): soldado católico irlandés,
fruto tardío de la Rebelión del Earl o conde de Tyrone (1593-1603); teólogo, astrólogo,
gramático, matemático, maestro de retórica, poeta latino, cortesano e
intrigante en la Pax hispánica, intrépido guerrero de los tercios de irlandeses
en las guerras europeas de la Corona de España, rebelde irlandés y mexicano, y valiente
y desdichado aventurero, que cayó en manos de la poderosa máquina de la Inquisición
en la Nueva España, a la que desafió al grado de involucrar al rey y al papa.
“No sólo el
personaje se multiplica en muchas historias, sino que los tiempos de su
infortunada vida fueron también inusualmente llenos de acontecimientos,
abigarrados y fatídicos. Lampart llegó a la Nueva España en 1640, enviado
secreto del consejero del rey, el «valido» conde-duque de Olivares[20]. Recién ocurridas la revuelta de
Cataluña (1638) y la fallida reconquista por la corona de España de los mares
de Brasil capturados por los holandeses (septiembre 1638-enero 1640) y en pleno
fragor de las intrigas y rebeliones que llevarían al levantamiento de Portugal
(1º de diciembre de 1640), 1640 era un momento de crispación en la Corona
española y sus reinos. La propia España se encontraba al borde de la bancarrota.
Parecía que todo podía ocurrir.
“Guillén de
Lampart viajó a la Nueva España en el mismo barco que los dos personajes más
importantes en ese momento para esas tierras: el nuevo virrey, marqués de
Villena y duque de Escalona, y quien lo depondría, Juan de Palafox y Mendoza.
Guillén desembarcó en México a los 25 o 29 años, en un año vórtice de
movimientos políticos y dramas sociales en la Nueva España también. Juan de
Palafox, como visitador general y juez de residencia del virrey, destituyó al marqués
de Villena (junio 1642), un Grande de España, y ocupó en distintos momentos, en
nueve años de estancia, los cargos de juez de residencia de varios virreyes
novohispanos, visitador general, obispo de Puebla, arzobispo y virrey, y
protagonizó feroces arremetidas contra los franciscanos y los jesuitas. Las
graves pérdidas de posesiones territoriales para la Corona española fueron
acompañadas por estrepitosos derrumbes de carreras políticas: ante todo, la del
conde-duque, que gozó de un poder excepcional, y siendo el protector de
Guillén, fue defenestrado (en 1643) poco después del encarcelamiento de éste en
la Nueva España. Creyéndose situado en el ojo del huracán, Guillén fue
engullido en la tormenta.
“Conocedor
voraz de las cortes europeas, que unían intrigas palaciegas y alta política
internacional, de los movimientos y pareceres de una profusión de nobles y funcionarios,
y de gobernantes, potentados, obispos y el papa, William Lamport o Guillén de
Lampart llegó a estas tierras en el contexto específico del choque violento de
la separación de Portugal, que condujo a la persecución de los portugueses
criptojudíos en los reinos españoles. Expulsados de España por la reina Isabel
la Católica en 1492, muchos criptojudíos habían huido a Portugal, sobre todo en
las décadas en que este reino se separó de la Corona española. Cuando ésta reanexó
Portugal a sus posesiones, en 1580, muchas de esas familias, ya con nombres y
nacionalidad portuguesa, se trasladaron a los reinos americanos. Varias de
ellas alcanzaron posiciones encumbradas en el comercio mundial —muchas veces,
primero esclavos, luego textiles— y las finanzas. La intención del rey Felipe
IV, del conde-duque y de Guillén de Lampart era proteger como fuera a esos financieros
criptojudíos portugueses, que eran perseguidos por la Inquisición española
cuando ellos podían contribuir a salvar a la Corona (y al propio conde-duque)
de la bancarrota tras sus guerras europeas.
“Como agente
secreto, Guillén también se ocupó de los informes, rumores e intrigas en torno
a posibles separatismos, el mayor temor de la Corona en ese momento. El marqués
de Villena era primo del separatista rey de Portugal, el duque de Braganza, y
cometió errores impensables que hicieron a la Corona desconfiar de su lealtad.
Un informe secreto originó su destitución, que fue brutal. Se le atribuyó a
Guillén ese informe; pudo ser suyo; en todo caso se sabe que escribió al rey,
como espía con canales propios de comunicación, comentarios desfavorables al
virrey, quien juró venganza contra él y pudo estar así en el origen de su
caída.
“¿Cómo hacer
pasar informes secretos en una atmósfera de fidelidad incondicional al poder, y
de cuchicheos ansiosos, prontos a la denuncia y al sálvese quien pueda? A los
dos años de haber llegado, Guillén cometió el error de tratar de hacer pasar
una carta confidencial por medio de gente ligada a la Inquisición. Fue denunciado
el domingo 26 de octubre de 1642 por la mañana, y capturado por el Santo Oficio
esa misma noche.
“Estuvo preso
17 años, aunque logró huir por unas horas en la Navidad de 1650…
(Otras
versiones afirman que no fueron sólo unas horas: “Tras ocho años de cautiverio,
huyó de la cárcel inquisitorial excavando un barrote de la prisión y clavó su Pregón de los justos juicios de Dios, que
castigue al que lo quitare en la Catedral de México. Dícese que llegó hasta
la cámara del virrey y divulgó otras copias, apresándole nuevamente camino de
San Lorenzo de los Negros —hoy Yanga— en el Estado de Veracruz, población
constituida por esclavos fugitivos o cimarrones y legitimado por el virrey Luis
de Velasco en 1630. Todavía intentó escapar una vez más…”)
“Como reo del
Santo Oficio, llenó su expediente de denuncias, incansablemente negando los
cargos que le imputaban y denunciando a su vez la venalidad, falta de escrúpulos,
ilegalidad y las faltas a la fe de sus verdugos, hasta que fue quemado vivo
(tal vez logró quitarse la vida por ahorcamiento con la misma cadena que le
sujetaba del cuello momentos antes de ser alcanzado por las llamas según
afirman otros estudiosos) en la Ciudad de México en el auto de fe del 19 de
noviembre de 1659. La sentencia definitiva fue ésta:
haber sido y
ser hereje, apóstata, sectario, de las sectas y herejías de los malditos
herejes Calvino, Pelagio, Juan Hus, Wiclefo y Lutero, y de los alumbrados y
otros heresiarcas, dogmatista inventor de otras nuevas herejías, fautor y
defensor de herejes, protervo y pertinaz, y por ello haber caído e incurrido en
sentencia de excomunión mayor y estar de ella ligado, y en confiscación y perdimiento
de todos sus bienes que en cualquier manera le puedan pertenecer, los cuales
mandamos aplicar y aplicamos a la cámara y fisco real de esta Inquisición [...][21]
“Según refiere
Vicente Riva Palacio (México a Través de los Siglos), Guillén era un talentoso
falsificador que a sabiendas que era común que llegasen instrucciones reales
secretas a la Audiencia, muchas de ellas contra el virrey, y como el monarca
había enviado también misteriosamente al obispo Juan de Palafox el nombramiento
de virrey, luego de una intriga de la que resultó destituido el duque de
Escalona, “tan pronto como llegase a
México el conde de Salvatierra, que venia a sustituir al obispo Palafox en el
virreinato, don Guillen haría falsificar el sello del papel que correspondía al
año corriente, pues hasta ese momento no era conocido en Nueva España; provisto
ya de sellos se pondrían con ellos los despachos reales para don Guillen, al
que con titulo de marques de Cropal o Cropali, nombraba el monarca virrey y
capitán general de la Nueva España; a esos despachos acompañarían cartas para
la Audiencia y para los oidores, en particular, refiriéndoles como en la corte
se tenia noticia cierta de la traición del marques de Salvatierra, y se
encargaba y encarecía en obvio de mayores males, y en pro del mejor servicio
del rey que ayudasen y favoreciesen al nuevo gobernante encargado de la
aprehensión y destitución del virrey. Estas cartas debían venir dirigidas al
provincial de San Francisco de México, instruyéndole del modo con que debía
proceder secretamente en este asunto. Los oidores serian llamados por el
provincial, a media noche, para concurrir al convento de San Francisco, a fin
de tratar negocio urgente relativo al servicio de su majestad, y por su orden,
sin advertirles mas; una vez reunidos en el templo, el provincial, presente don
Guillen, haría dar lectura a los reales despachos, entregando sus cartas a los
oidores, y obligando a todos, conforme a lo dispuesto por el monarca, a protestar
obediencia y ayudar al nuevo virrey. Las cedulas, provisiones y cartas, debían
ser entregadas al provincial de San Francisco, aprovechando la llegada de un
navío aviso de flota a Veracruz, para que no diesen lugar a sospecha; pero si
ese aviso no llegaba, entonces se supondrían traídos los pliegos por Campeche,
y en ambos casos un indio correo los presentaría al provincial diciendo ser
llegado desde el puerto.
“Reconocido por la Audiencia como virrey,
don Guillen se dirigiría a palacio en la misma noche con los oidores,
custodiados por quinientos hombres, que con oportunidad debían estar ocultos en
San Francisco, y notificándose al marques de Salvatierra las reales cedulas, se
le reduciría a prisión, comenzando inmediatamente a gobernar el nuevo virrey;
pero como esto no era sino el principio de la obra, y podían, volviendo de la
sorpresa, reflexionar y desconfiar los oidores, y como no era tampoco difícil
que de un momento a otro llegase correo verdadero de España y se descubriese la
trama, y en fin, como el gran objeto era la independencia de las colonias, don
Guillen haría levantar inmediatamente tropas de gente criolla, con el pretexto
de prevenir cualquiera intento contrario a las disposiciones del rey, y estas
tropas serian pagadas generosamente y mandadas por hombres comprometidos en
aquella empresa y se encargarían de la guardia del palacio y de la custodia del
prisionero marques de Salvatierra.
“Seguro ya en el gobierno, pero sin que
transcurriesen muchos días, don Guillen proclamaría la independencia de Nueva
España, dictando, para asegurar el éxito de la empresa, las disposiciones que
se leen en una de las diligencias de su proceso…”. Tales disposiciones se
resumen a las promesas de beneficiar a quienes lo apoyen en su temerario plan y
castigos a quienes no lo hiciesen; además, promete relevar a los indios de
tributos; prohibir el comercio con España; liberar a todos los esclavos...
según los documentos confiscados a Guillén, su plan iba tan avanzado que ya
tenía redactadas cartas dirigidas a los gobernantes de otras naciones y hasta
al Papa.”[22]
Resulta un
tanto inquietante saber que “El 12 de mayo de 1643, Felipe IV pidió por una
cédula real al Santo oficio que terminado el proceso de Guillen, por las
acusaciones de astrólogo y hereje, fuese enviado a España con su proceso y
papeles.
“… Será hasta el
25 de enero de 1667, cuando los inquisidores acuerden remitir a España el expediente
de Guillén de Lampart.”[23]
“El expediente contiene su larguísimo juicio:
acusaciones, testimonios y declaraciones del reo, y los papeles que le
decomisaban. Lampart aprovechaba las audiencias para denunciar a los
inquisidores y realizar su propia defensa y la de sus compañeros de infortunio:
en las cárceles del tribunal del Santo Oficio Lampart coincidió con los criptojudíos
acusados de judaísmo, en una oleada persecutoria que condujo al auto de fe de
abril 1649, uno de los mayores de la historia novohispana. Los criptojudíos
perseguidos eran en su mayor parte ricos comerciantes y financieros de origen
portugués, y sus desventuradas familias; entre ellos se incluyeron millonarios
otrora poderosos. La acusación de judaizantes permitía al tribunal apropiarse
de la totalidad de sus bienes, lo cual se prestaba para un enriquecimiento
ilícito escandaloso de parte de los diversos miembros del tribunal
—enriquecimiento que fue probado y castigado más adelante—. Estas defensas de
Lampart son documentos sumamente valiosos en términos humanitarios, teológicos
y espirituales.
“Entre 1652 y
1654 Guillén de Lampart escribió en su celda, oculto de sus carceleros, sin
papel, tinta ni pluma, sin libros, 918 salmos en latín. Para ello utilizó
lienzos blancos que se procuró, plumas de gallina que encontraba en los
basureros, y elaboró la tinta con cenizas, cera, chocolate y otros materiales
de ocasión. Sus carceleros le quitaron los lienzos, pero el tribunal mandó
copiar su contenido, por lo cual contamos con la obra completa hoy en día. Esa
poesía, llamada por Lampart Regio
Salterio, fue comentada en términos elogiosos por Gabriel Méndez Plancarte
en el estudio citado de 1948[24].
En 2011, una brillante tesis de licenciatura de la latinista Olivia Isidro
Vázquez[25]
continúa esa labor largo tiempo abandonada. Por ella podemos comenzar a
penetrar la profundidad literaria y espiritual de Guillén de Lampart. Es una
poesía inseparable de una profesión de fe, es la obra de un hombre
profundamente religioso que hace votos espirituales.”[26]
“El miércoles
19 de noviembre de 1659, por sentencia de la Inquisición, en el solemne auto de
fe es quemado vivo por ser ‘apóstata y sectario de Calvino[27],
Huss[28],
Wicleff[29]
y Lutero[30]’,
tras haber estado diez y siete años en la prisión.
“En la
sentencia dictada por los inquisidores y por la que se entrega el reo al brazo
secular, dice: “… mandamos que esta
nuestra sentencia… le sea leída y publicada en el cadalso donde hubiéremos de
celebrar auto general de la fe, llevando puestas el dicho Don Guillermo Lampart
las insignias de relajado y mordaza en la boca teniendo elevado el brazo y mano
derecha asida por la muñeca a una argolla que para este efecto se pondrá en el
lugar donde los reos oyen sus sentencias todo el tiempo que durare dicha
publicación en pena de haber escrito con ella los libelos infamatorios y
falseado cedulas de su Majestad y por esta nuestra sentencia definitiva
juzgando así lo pronunciamos y mandamos…”. La sentencia del juez secular, que
le es leída a Lampart, dice: “En la ciudad de México miércoles a diez y nueve
días de noviembre de mil y seiscientos y cincuenta y nueve años estando en la
plaza mayor de esta ciudad en los tablados altos de madera arrimado a las casas
de cabildo y audiencia ordinaria haciéndose y celebrándose auto público de la
fe por los señores inquisidores apostólicos desta nueva España fue leído una
causa y sentencia contra don Guillen Lombardo de Guzmán que está presente por
el cual se manda relaxar a la justicia y brazo secular por erexe pertinas…
Fallo atento a la culpa que resulta contra el dicho Don Guillen Lombardo que
debo de condenar y condeno a que sea llevado por las calles públicas de esta
ciudad caballero en una bestia de albarda y con voz de pregonero que manifieste
su delito a la plaza de San Hipólito y en la parte y lugar que para esto está
señalado, se queme en vivas llamas de fuego, hasta que se convierta en cenizas
y del no quede memoria y por esta su sentencia definitiva así lo pronuncio y
mando en estos escritos y por ellos comparecer de hacer que se ejecute… Y luego
incontinenti el dicho mes y año a horas que serán como las cinco de la tarde el
dicho Don Guillen Lombardo caballero en una bestia de albarda con voz de
pregonero. Por Don Marcos Rodríguez de Guevara alguacil mayor fue llevado por
las calles acostumbradas a la plaza de S. Hipólito y a la parte y lugar
diputado para este efecto, donde habiéndole puesto en un madero y este pertinaz
fue quemado vivo su cuerpo hasta que se convirtió en cenizas, todo lo cual pasó
en mi presencia, de que doy fe, testigos Juan Cortes y Antonio de Bobadilla.
Ante mi Caspar de Rueda Escribano Real y publico”.[31]
El robador de la divina llama
si fue tan atrevido; desde luego
le dio mas gloria, y sempiterna fama,
al propio dueño, de su propio fuego;
pues honra que la envidia no derrama,
es un espejo muy cubierto y ciego:
defecto tiene la sagaz pintura
que no se pone a la común censura.[32]
“Casi doscientos años más tarde, en 1872, el escritor mexicano Vicente
Riva Palacio[33],
inspirado por el estilo mosquetero de Dumas y rigurosamente documentado en las
actas del archivo del Santo Oficio, escribió una novela basada en la vida de
Guillén Lombardo que tituló Memorias de
un impostor. Don Guillén de Lampart, rey de México. Riva Palacio, que era
un entendido de las cifras cabalísticas, hace que su personaje, un Guillén
Lombardo con el flanco esotérico reforzado, se defienda de los embates de la
Inquisición fundamentando sus contraataques en el ‘principio de la vida’, en ‘la
chispa divina’ o ‘resplandor’ que representa la palabra hebrea ziza, cuyo
símbolo es la letra Z. ‘El amor a la ciencia nos reunió’, dice Lombardo,
Lampart en la novela de Riva Palacio, ‘pero la ciencia es la luz, y la luz es
libertad’.
“Años después, en 1919, Johnston McCulley,
un periodista neoyorquino (de origen, por cierto, irlandés), escribió The curse of Capistrano, una pulp novel
basada en la historia de Riva Palacio, y tuvo a bien aderezarla, o aligerarla,
con dos novedades: el ‘Guillén de Lampart’ que venía de ‘William Lamport’ pasó
a ser, vayan ustedes a saber cómo, ‘Diego de la Vega’, y la Z de ziza se
convirtió en la inicial de su nombre de guerra: Zorro.
“Un año más tarde, Douglas Fairbanks
escribió un guión basado en el libro de McCulley, donde Guillén se parecía más
a Robin Hood que a William Lampart; después de acabarlo, el propio Fairbanks
levantó la producción de la película y se asignó a sí mismo el papel
protagónico de The mark of Zorro, la
primera pieza de una secuela interminable que sigue reciclándose en la
pantalla.
“De esta manera, William Lamport, aquel
héroe irlandés que nació en el puerto de Wexford en el año 1615 fue objeto de
la más paradójica de las celebridades: la de ser mundialmente famoso con otra
patria, otro nombre, otra cara y otra historia.”[34]
Una escuela primaria en la Colonia Pedregal de Carrasco en la Delegación
Coyoacán, al sur del Distrito Federal, lleva el nombre de Guillén de Lampart.
Notas:
[1] “La altura del
monumento es de 90.16 metros, más 1.5 metros que tienen las gradas construidas
en 1910 y 3 metros adicionales que tienen las gradas construidas en 1986, para
un total de 94.66 metros y que muestran el hundimiento de la ciudad, este
monumento tiene para fines prácticos una orientación oriente – poniente.” agu.df.gob.mx
[2] Ídem: “… el Ángel es en realidad una representación de
Niké la diosa griega alada de la victoria y se menciona que la modelo para el
mismo fue una secretaria del General Porfirio Díaz llamada Ana María Mazadiego
Fernández.” Afirmación asentada como posible por Alfonso Miranda Márquez en
“Centenario de la Independencia de México. 1810-1910. soumaya.com.mx
[3] El terremoto del 28 de julio 1957 derribó a la
Victoria Alada. Destrozada al pie del monumento, los trabajos de restauración
quedaron bajo el mando del Dr. Ernesto Sodi Pallares, quien refuerza el
interior de la columna con placas de metal y reemplaza la escalera de piedra
del interior por una metálica, además de construir una nueva victoria alada, la
cual es colocada en la cima. De la antigua solo está expuesta al público la
cabeza aplastada en la entrada del Archivo Histórico de la Ciudad de México en
la que fuera la casa de los Condes de Heras y Soto (República de Chile número
8, esquina con Donceles, Centro Histórico). Reinauguración: 16 de septiembre de
1958.
[4] columna-independencia.
pdf inah.gob.mx
[5] Ídem.
[6] Ibídem: “… la Ley (Diosa Eunomía), la Paz (Diosa
Irene), la Justicia (Diosa Dice) y la Guerra (Diosa Atenea), aunque ninguna de
estas tiene los atributos propios de estas diosas, como sería el escudo con la
cabeza de medusa en la diosa Atenea y el uso de una lanza en vez de una
espada.”
[7] Ibídem: “Originalmente todas las esculturas del
monumento deberían ser de mármol, pero solo las más altas lo son, las de bronce
se hicieron inicialmente en México en bloques de yeso, para luego llevarse a
Florencia, Italia donde se tomaron como base para hacerlas por el método de
cera perdida. Las esculturas de mármol se empezaron en Francia con mármol de
carrara para lograr transportarse con el mínimo de peso a México, donde fueron
detalladas.”
[8] “La puerta de acceso al mausoleo ostenta este precioso
medallón representativo de la República Mexicana, para el cual se dice que posó Alicia Rivas
Mercado.” mexicomaxico.org
[9] Ibídem: “… a su costado sur se encuentra un
bajorrelieve con figuras de origen grecorromano todas relacionadas con la diosa
Atenea que era la protectora del pueblo romano, además de los símbolos de la
república romana como un hato de flechas, una hacha y un bastón de mando con la
inscripción latina, SPQR (Senatus Populusque Romanus – El Senado y el Pueblo Romano).
Del lado norte otro bajo relieve con figuras mexicanas aunque bajo
interpretación europea un Escudo Nacional y la efigie del dios Quetzalcoatl, a
los costados de estos y ocultos un escudo nacional al sur y un escudo de atenea
al norte.”
[10] columna-independencia.
pdf inah.gob.mx
[11] En www.agu.df.gob.mx, escuetamente queda asentado que: “Para acceder al
mirador, hay que seguir al fondo pasando a la izquierda de la estatua de
Guillén de Lampart se entra a un gran vestíbulo donde una escalera de dos
descansos lleva a la escalera en caracol que permite subir al mirador.”
[12] El redactor de “La Columna de la Independencia. Ciudad
de México. Con "M" de México” mexicomaxico.org (Autor: Ing. Manuel Aguirre Botello, junio,
2003. Actualización: septiembre, 2007, agosto 2011) asienta extrañado: “Aun
cuando pocos lo saben, existe una estatua confinada dentro del mausoleo que
guarda los restos de los héroes de la Independencia. Pertenece a un irlandés
cuyo nombre fue Guillén de Lampart y que llegó a México en el año de 1640. Este
oscuro personaje, se dice que en su delirio se autonombró Rey de México y que
por tal motivo fue encarcelado y después sentenciado a morir en la hoguera. La razón
exacta por la que fue colocada esta estatua en un sitio tan especial, la
desconozco.” Misma afirmación y duda asentadas por el mismo autor en mexicocity.gob.mx con fecha de
24/04/2014: “En el interior del mausoleo, hay una estatua que guarda los restos
de los héroes de la Independencia. Pertenece a un irlandés cuyo nombre fue
Guillén de Lampart y que llegó a México en el año de 1640. Este oscuro
personaje, se dice que en su delirio se nombró asimismo Rey de México y que por
tal motivo fue encarcelado y después sentenciado a morir en la hoguera. La
razón exacta por la que fue colocada esta estatua en un sitio tan especial, se
desconoce.”
[13] agu.df.gob.mx
[14] Gerardo De la Concha. La Razón de México. razon.com.mx
[15] Andrea Martínez Baracs remite a los Papeles de Guillén de Lampart, Colección
Conway, Biblioteca Cervantina, Patrimonio Cultural, ITESM.
[16] “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas.” Andrea
Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera edición, 2012.
[17] Ídem.
[18] El País. Jordi Soler 27 de noviembre de 2005
[19] Andrea Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera
edición, 2012.
[20] Curiosamente el hecho y el personaje quedan fuera de
la abigarrada, documentada e interesante biografía del ministro español Gaspar
de Guzmán y Pimentel Ribera y Velasco de Tovar conde-duque de Olivares (Roma, 6
de enero de 1587 - Toro, 22 de julio de 1645), realizada por J. H. Elliot, en
la sexta edición de Editorial Crítica, S. A. noviembre de 1991.
[21] La sentencia completa del proceso se encuentra
reproducida al final del segundo tomo de la novela de Vicente Riva Palacio, Memorias de un impostor; don Guillén de
Lampart, Rey de México, edición y prólogo de Antonio Castro Leal, México,
Porrúa, 1976. Esta declaración final, pp. 343-344.
[22] Doralicia Carmona: Memoria Política de México. memoriapoliticademexico.org
[23] Ídem.
[24] Remite a: Gabriel Méndez Plancarte, Don Guillén de
Lámport y su «Regio Salterio»- ms. Latino inédito de 1655, estudio, selección,
versión castellana y notas del doctor..., México, Ábside, 1948.
[25] Remite con nota 3 a pie de página: Olivia Isidro
Vázquez, Himnos novohispanos del siglo XVII: Regium Psalterium Guillielmi
Lombardi, tesis de licenciatura en Letras Clásicas, unam-ffyl, 2011
[26] “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas.” Andrea
Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera edición, 2012.
[27] Jean Cauvin, latinizado como Calvinus. Noyon, 10 de
julio de 1509 – Ginebra, 27 de mayo de 1564.
[28] Jan Hus o Jan Huss o Jan de Hussenitz. Hussenitz.
Reino de Bohemia, c. 1370 - Constanza, Sacro Imperio Romano Germánico, 6 de
julio de 1415.
[29] John Wyclif o Wiclef o Wycliff o Wickliffe. (¿?)
Hipswell, Reino Unido - 30 de diciembre de 1384, Lutterworth, Reino Unido.
[30] Nacido Luder, cambió a Martin Luther. Eisleben,
Alemania, 10 de noviembre de 1483 –18 de febrero de 1546.
[31] Doralicia Carmona: Memoria Política de México. memoriapoliticademexico.org
[32] Ídem.
[33] Nieto de don Vicente Guerrero. Fue el defensor de
Maximiliano de Habsburgo tras su derrota en Querétaro.
[34] Los orígenes de El Zorro. El País. Jordi Soler 27 de
noviembre de 2005.
Proclama de Guillén de Lampart
(Tomado de
http://bdmx.mx Biblioteca Digital Mexicana. El derecho ilegítimo a dichos
reinos. Causas para deponer al de Castilla y elegir nuevo rey.) Manuscrito
Patrimonio Cultural del Tecnológico de Monterrey.)
Guillén de Lampart,
"Proclama por la liberación de la Nueva España de la sujeción a la Corona
de Castilla y sublevación de sus naturales"
1640-1642, Guillén de
Lampart
El irlandés Guillén de
Lampart (1611-1659) murió en la hoguera en la ciudad de México, por haber desafiado
la Inquisición y haber intentado levantar un movimiento insurreccional en la
Nueva España, para separarla de la Corona de Castilla y emancipar a indios,
esclavos y castas.
Al ser capturado en
1642, el tribunal de la inquisición le sustrajo sus papeles personales, entre
los cuales se halló la proclama que lo inculpaba como sedicioso.
En los tiempos de la
conquista los sabios indígenas y los humanistas españoles discutieron la
legitimidad de la dominación española de Mesoamérica. Esa discusión regresó
solamente casi tres siglos después, con el movimiento de Independencia, y de
forma tamizada y gradual. En medio de ese océano temporal, Guillén de Lampart
tuvo el inmenso mérito de plantear, solitario y fuera de contexto, el asunto de
la legitimidad de la dominación española, de manera abierta; de idear un nuevo
régimen con la elevación de la nobleza indígena al rango de la española, la
liberación de los esclavos, y una igualdad de oportunidades que reaparecerá en los idearios de la Independencia; de concebir una insurrección con
sus hipotéticas implicaciones internacionales, y planearla con crudeza, con un
sistema de castigos y recompensas a los diversos grupos poblacionales.
Esta es la primera vez
que se publica en forma íntegra. Sólo unos pocos fragmentos de ella aparecieron
en una publicación de 1948 (1).
La colección Conway
La colección Conway de
papeles de Guillén de Lampart, preservada en la Biblioteca Cervantina del
ITESM, consiste en el archivo privado del irlandés, contenido hasta su captura
en un baúl pequeño de Mechoacán y posteriormente integrado a su expediente en el tribunal de la Inquisición. Ahí permaneció hasta que fue sustraído, en algún momento del siglo XIX. Fue recuperado por Lord Conway, quien lo donó a la Biblioteca Cervantina.
El documento original
no lleva título, éste ha sido elegido por la BDMx.
Paleografía: Larisa
González (Biblioteca del Tecnológico de Monterrey, Campus Monterrey) y Andrea
Martínez, normalizada en su ortografía y puntuación.
Referencia: Biblioteca
Cervantina, Colección Conway, ff. 40r-47v.
LA IMAGEN DEL DOCUMENTO
INCLUYE SU TRANSCRIPCIÓN.
(1) Don Guillén de Lámport y su Regio Salterio. Manuscrito latino inédito de
1655. Estudio, selección, versión y notas de Gabriel Méndez Plancarte. Ábside,
México, 1948. Sobre la proclama de Lampart, ver páginas 20-23 y 100-101.)
[f. 40 r] Por cuanto Dios nuestro señor, compasivo de nuestros
duelos inhumanos y misericordioso con los que afligidos invocan su divino
amparo, ha sido servido con dolo, atento a las justas y piadosas exclamaciones
de estos avasallados y rendidos reinos, cuya posesión inicua y conquista
injusta, ha mas de ciento y veinte años tiranamente tenía usurpado la corona de
Castilla, sin más justificación que el pretexto de introducir nuestra santa fe
católica en ellos, lo que en ninguna ley positiva divina ni humana se pudo
practicar, pues la creencia no supone premio temporal en su predicación, sino
eterno, ni puede el gentil ser apremiado con pérdida de sus estados a que se
convierta, si él espontáneamente no escucha el divino auxilio, como lo hicieron
los apóstoles, sin quitar ni despojar con ese título (caso que resistieran) a
nadie de los bienes suyos, mucho menos no resistiendo ni oponiéndose a su
conversión como los antiguos naturales no lo hicieron, pues siendo de iure
gentium dichos gentiles tan dueños en lo temporal de lo que es suyo, como los
cristianos, sin embargo los primeros conquistadores, sin atención a la poca
justificación y sin temor de Dios, les privaron violentamente de lo que no
podían, con poca seguridad de sus conciencias, reduciéndolos al obsequio
injurioso de un príncipe cuya distancia les ha prohibido todo consuelo, y
(acumulo) toda inhumanidad. Y aun estando a la vista de los suyos (que
legítimamente lo son), se han rebelado con buenas causas, y han procurado y
deliberado por mejor morir de una vez en su restitución y libertad, que vivir
apremiados, tiranizados y supeditados, segun se ha visto en los reinos de
Portugal, Cataluña, Navarra, y Viscaya.
Y siendo las injusticias que padecen
estos reinos, los que en substancia y verdad no son suyos, ni tiene acción
legitimada alguna a ellos, más que con poder intruso adquiridos, y siendo las
extorsiones de acá mucho mas indefensas, colmadas y gravosas, las de allá las
extorsiones allá cometidas, como al fin en reinos tan remotos y tan usurpados,
con más razón no sólo pueden, sino deben, estos reinos como más oprimidos y
ajenos, sublevarse en la mejor forma y vía que pudieren, como agora, por la
misericordia infinita de Dios y socorro de los buenos y leales a la patria, se
ha hecho se procura y se pretende hacer.
Además que la misma causa en la
primera sujeción de estos reinos a la corona de Castilla, proclama según queda
dicho al cielo por injusta, también lo demuestran los mismos hechos en tantos
años malogrados, [f. 40 v] por que
tantos tesoros que los dichos reyes han adquirido hasta hoy, tantos logros e
intereses que los tratantes han usurpado con tantos riesgos, tantas rentas,
vasallos, posesiones de los primeros conquistadores, ¿qué fin, qué reinos, qué
medros se han visto por justos juicios de Dios alcanzados? Ningunos, antes
mendigan dichos conquistadores y sus descendientes, atenidos a que los virreyes
les provean el mas vil oficio de justicia que hay en dichos reinos sólo porque
no mueran de hambre y aún eso no alcanzarán. Las flotas, perdidas las más
veces, y cuando hayan llegado a España, más dueños son los reinos extranjeros
que los españoles que lo beneficiaron; y de esto el mundo es testigo. Ni lo que
hoy en dia han afanado los padres, llegan a gozar los hijos, por haberse
fundado sobre cimientos ajenos y violentamente usurpados.
Y a estas razones se allega otra, no
de menos eficacia y evidencia: que es que, por lo mesmo tiranamente poseido,
forzosamente habrán incurrido no solo los reyes de Castilla sino los dichos
conquistadores y moradores de estos reinos, excomunión del cielo in fo…
interiori, aunque no fuese expresamente fulminada contra ellos, a lo menos
tácitamente cayeron en la censura como los que usurpan, hurtan o retienen contra
la voluntad de sus dueños lo que es ajeno. Además apenas hay persona en estos
reinos que no vive por sí y por lo común descomulgado por sí, como retenedores
de bienes y sacrilegios, robos o deudas, que cada día incurren en dichas censuras,
sin género de escrúpulo en la restitución por lo común.
Fuera de lo alegado, desde la
violencia execrada de los virreyes y atrevidos amagos suyos y por consiguiente
del vulgo, y sus secuaces, en oponerse a los santos arzobispos y atreverse a
quebrantar los fueros y las inmunidades de las iglesias, con suma irreverencia
y desacato a Dios y a su Iglesia y santos ministros.
Por cuyas causas y motivos será
forzoso acudamos luego a Su Santidad, como hijos fieles y obedientes suyos,
dándole lo uno la obediencia debida, y lo otro suplicándole nos absuelva de
dichas censuras y excomuniones generalmente y a todo el reino, que estando en
gracia y privanza con Dios, toda nuestra monarquía y aciertos tendrán dichoso
fin y florido aliento.
Prevista ya la tirana posesión e
injusta de la Corona de Castilla, y su lábil acción a estos reinos por via de
poder intruso (causa más que urgente) para poner en ejecución y práctica
cualquier celoso caballero su restauración y restitución, y adjudicarlo a los
que tienen voto para elegirle espontáneamente por su príncipe, que los gobierne
en paz y los defienda en guerra, y los premie en ambos.
También hay [f. 41r] otros fundamentos, casi tan precisos y aun más, para
obligar a todos a deponer los reyes de Castilla de estos reinos, admitido ya
que fuesen legítimos poseedores de ellos, lo que nunca fueron ni podrán ser,
aun haciendo la misma deligencia que agora nosotros, porque siempre en lo moral
se reputara por violenta (como los que mandan) cualquiera deligencia aparente
que hicieran. Y es cierto que si dejara en la elección libre de los naturales
de estos reinos el escogerlos, o no, de nuevo por su Rey; caso que echaran mano
de otro, procurarán de nuevo sujetarlos por armas y quedando siempre en pie su
injusticia. Lo que en nosotros no tiene verosímil ni consistencia igual, por
cuanto mediante el consentimiento de los propios naturales, que son los que
solamente en esta elección tienen voto substancial como propietarios, y todos
los demás son no más que accidentales, y adyacentes, seremos elegidos con toda
equidad y espontáneo consentimiento general, dándonos la posesión y el dominio
como en agradecimiento de restituirles a su libertad y a su derecho antiguo.
Además de las causas relatadas en
oposición tan evidente de la retinencia actual de estos reinos en la corona de
Castilla, también militan otros absurdos que cualquiera de ellos es bastante
[para] anular el derecho, si lo tuviere, muy justificado. Pues estos míseros
vasallos viven reducidos a tan mortal dolencia de servidumbre, que el que más
libre le parece es más cautivo, entre tantas pensiones envuelto, y sujeto a
tantas calamidades de la codicia, honor, poderío y agravios. Tomemos el origen
de los santos eclesiásticos y religiosos tan ofendidos cuanto quejosos, pues
carecen del premio que sus letras, méritos, sangre y santidad merecen, lo uno
por lo remoto, lo otro por el logro y simonía que contra el derecho positivo
divino y humano se recibe en la provisión de dignidades eclesiásticas sin
atención a los méritos, a que se allega el sentimiento universal a todos los de
sangre noble, de virtud adquirida, de letras eminentes, por verse defraudados
de lo que con toda equidad les tocaba, y aun los mismos enteresados a veces
desesperan en lo que con tantas ansias y solicitud de tiempo y dineros
alcanzan, por la dilación grande en la corte de España y luego la espera
forzosa de la confirmación y títulos de Su Santidad, lo que agora se remedia,
pues con solo el despacho de Su Santidad y nuestro nombramiento se alcanza
conforme los méritos y calidad de cada uno.
Los seculares y conquistadores
totalmente exhaustos y mendigos, sin nombre, premio ni honor por sus hazañas,
supeditados de los más abatidos logreros, con la diferencia del tesoro e
interés, sin que la nobleza ni virtud halle el abrigo que el cielo y los
españoles [f. 41 v] políticos
ordenan. Los republicanos consumidos entre funestos duelos, pues les tienen
impedido el trato en otros reinos, con embargos, contrabandos y penas
capitales, y cerrado menos que sea con España donde forzosamente obligan, y la
misma necesidad constriñe se compre por mil lo que apenas vale uno. Puesto
estar privados de otro consuelo, y aun si en estas vejaciones y tiranías
pararan los desdichas, fueran mas tolerables, antes el poco trato concedido
está cargado con tantas gavelas de tributos, pechos, alcabalas, y otros
millares de dolores, reducidos ya los pueblos a tanta calamidad, desnudez y
hambre que ya boquean desesperados, mudos y atónitos en sus miserias
lastimosas. La justicia y puestos honorificos de la república (tirania jamás
antes vista, ni oída), en venta y puesta, despojado el limpio, recto, y
benemérito vasallo de lo que las leyes y la misma republica estableció para su
premio, y consentió que los reyes de Castilla, como administradores, los repartiesen
a los beneméritos no como propio sino común a todos, entendiendo que no se
redujera a tiranía lo que era de justicia.
También las audiencias, y la equidad
de ellos por la tolerancia y soberbia, por el logro y la codicia de algunos
ministros de ellos, se han reducido en todos estos reinos a behetrías, cohecho
y poder insufrible, sin que el pobre ni desvalido alcance ningún consuelo,
porque sólo el poderoso es el amparado: el latrocinio, la maldad, el vicio, el
sacrilegio defendido, y si el hurto no es importante a desperdiciar cohechos,
muere no por lo que hurtó, sino por lo poco, pues no alcanzó para repartirse
entre los jueces interesados.
La inocencia por cárceles, fugas,
retraimientos y molestias perseguida. La pasión con dibujo de cristiandad y celo
paliada. El desagravio ni la justicia contra quien gobierna sin remedio en su
apelación, porque aunque se llegue la queja y antes que se oiga el dolor, y
después de substanciado el duelo, se compra y se rescata con el cohecho. Todo
el reino entre tributos, desperdicios, gavelas y vicios submergido y anegado.
Todo es confusión, incendio, alboroto, tiranía y crueldad impía. Las sangrías
exorbitantes que cada flota de veinte, de diez y ocho, de quince millones
cuando menos, se entresacan de los reinos a los de España, dejándolos unos sin
substancia, y no augmentando a los otros en ninguna contingencia. Que retenido
tan extendido tesoro entre nosotros, aunque sea tarde, viviremos los mas
poderosos del orbe, pues dejando el comercio libre a todas las naciones, sobraran
azogues y otros géneros. Que son muy pocos los que nos faltan, puesto que vino,
aceite y otras menudencias se dan mejor en estos reinos que en otros ningunos.
Las sedas se augmentarán negado el trato con Castilla y aplicaránse los ociosos
al trabajo en este y otros [f. 42r]
infinitos géneros que por Castilla se
prohiben. Además que será forzoso que China tenga su comercio en pie, pues es
Castilla más enteresada en eso que nosotros, por la plata y prevención de
pólvora y munición, que su costa se le entregará en cambio por sus sedas. Fuera
de que mandaremos armar naos que traginen a otra ciudades de China no sujetas a
Castilla, y será doblado el logro y la ganancia y la total ruina de Filipinas
si nos niega el comercio. Y con esto hasta las calles públicas bañarán en plata
y riquezas. Y para nuestro patrocinio y defensa, nosotros solos somos bastantes
contra el poder del orbe mediante el divino auxilio, sin el amparo de otro
alguno de la Europa. Y dado que intentara el de Castilla reiterar su injusta
pretención en recobrar estos reinos, el de Francia, Inglaterra y el portugués,
sólo por darles paso libre al contrato con nosotros, tienen capitulado socorro
cuando sintieren cualquier movimiento leve en España. Lo mesmo Venecia y
Holanda, con que descansadamente podremos vivir sin ningun recelo. Y cuando
todos negaran (lo que fuera imposible) el ayudarnos, nuestras propias fuerzas
tan unidas y con tres presidios solos defendemos la mayor parte del orbe todo.
Y lo que ayudó mucho al precipicio
total hasta agora son los alaridos, quejas y lágrimas de estos pobres
naturales, así caciques y principales como republicanos y plebeyos, que no sólo
viven despojados de sus haciendas, posesiones y tierras, sino míseramente
tiranizados y condenados a repartimientos, como si fuesen no libres, sino
esclavos de los esclavos mismos, que también les señorean; y expuestos a feudos
y tributos viles, obligándoles por vía de fuerza, sin pagarles el trabajo
corporal (siquiera), a que en minas, labores, desagües, haciendas, trapiches,
perpetuamente sirvan, sin consentirles que sean señores de lo que a ellos solos
les tocaba, antes se han rendido al trabajo. Qué pena de tanta tiranía,
habiéndose muerto y consumido más de doscientos millones de ellos desde la
conquista, lo que ningún piadoso pecho podrá escuchar sin enternecerse del
ahogo grave: debiendo en toda buena razón ser ellos señores a lo menos
igualmente con nosotros, ya que no mayores, pues es suyo el reino.
La mesma aflicción y pena causa la
tirana esclavitud de tanto número de negros, mulatos, berberiscos y otros
infinitos ramos que penden de estos troncos, cuyo derecho de naturaleza está
usurpado, con poco temor de Dios, por los españoles, pues de libres que los
crió Dios, les reducen a la mísera esclavitud y servidumbre, pena la más fatal,
pues antepónese la libertad mas dulce y amable de la misma vida, igualándolos
con los brutos ani [f. 42 v] males en
el aprecio y maltrato, siendo como son criados y redimidos y capaces de la
misma gloria como nosotros; y siendo asimesmo cristianos y miembros católicos
de la iglesia, están privados de lo que es más estimable que la vida el vivir,
que es la libertad y por consiguiente es lo que más vale. Lo que también Y esto
bien y forzosamente aclama y conmueve la piedad divina a que alguna vez se
apiade de su aflicción severa y esclavitud tan dilatada, condoliéndose de
tantos afanes y sirviéndose de mitigar tantas y tan colmadas penas, libertando
estos reinos y vasallos, de estas y otras infinitas tiranías como agora se
pretende y se ejecuta.
Por tanto Dios nuestro señor, por cuya
mano y poder infinito son elegidos los príncipes y son nombrados los reyes sin
atención a los linajes ni prosapias sino a los incomprehensibles secretos
suyos, pues entre los étnicos y gentiles tenemos ejemplares vivos de esto
mesmo, que sólo en lo moral de sus acciones pudieran alcanzar premio temporal y
no eterno. ¿No subió de esclavo la fortuna a emperador a Pertinax? Marino y
Máximo, no alcanzaron el cetro siendo herradores? No fue Filipo emperador,
habiendo sido antes ban-[ilegible] del arado? ¿Al imperio no se levantaron los
toscos pero valientes emperadores Aurelio, Maximino y Hércules? Valentiniano y
Valente, hijos de padre cordonero, no señorearon el imperio romano? ¿No fueron
dueños de la diadema Justino y Justiniano, los dos bueyeros? Mauricio y
Teodorico, emperadores, no fue notario aquél, tendero ese otro? Isaurico,
Traulo, Basileo, Macedonio, todos de humilde aliento pero dueños del orbe por
su virtud y ajustado gobierno? y con otros infinitos.
Luego dado que en nos no concurriera
tan heroica sangre como hoy blasonan los reyes, poco importara, mientras el
cielo con su poderosa mano y nuestra virtud alcanzara el remedio pretendido.
Cuanto y más teniendo como tenemos embebecido en nuestras venas por linea
paterna y materna la más real sangre de los reyes de la Europa, siendo hijo
supuesto de los ilustres y heroicos barones de Guesfordia, cuya real prosapia
desciende de los reyes godos, longobardos y iberos, princes rey de la Viscaya.
Pero soy hijo verdadero del serenísimo príncipe y señor don Felipe tercero, que
Dios haya, y de la ilustre señora condesa de Riff, que pasó con el barón su
marido a la corte el año de mil y seiscientos y trece, que condujo a su costa
mil infantes irlandeses a España y pasó con ellos a Flandes donde, volviendo a
Madrid con su esposa, fue Dios servido llevarle para sí en el camino, habiendo
sido casado antes con la Ilustre señora condesa de Media, dejando a mi madre de
pocos años, y de peregrina beldad [f. 43
r] llegó a la corte viuda, y
pidiendo licencia de volver a su patria Su Majestad el rey mi señor se enamoró
de su hermosura, con tan honesto recato que nunca fue sabido sino con gran
secreto, como al fin amor de semejantes príncipes.
De cuyo vínculo estrecho naci yo, año
y medio después de muerto el barón tenido por mi padre, que por el honor que se
incubriese salió de España y parió en Irlanda, recibiendo cartas amorosas cada
dos meses de Su Majestad recomendando mucho la persona de su hijo, que deseaba
ver tiernamente, diciendo que si acaso Dios le hubiera llevado antes de tener
ya edad yo para verle me viese, que encargaría mucho mi persona y le
comunicaría de secreto (como por los efectos hizo) al príncipe su hijo el rey
Felipe Cuarto, para que entendiese la hermandad y la obligación, y me tuviese
en igual respeto que los demás hermanos, atendiendo a la real e ilustre sangre
no sólo de mi padre sino de mi madre.
Y fue dios servido llevar para sí a
los cinco años de mi edad al Rey mi señor, y llegando yo a edad de nueve años
me envió mi madre y señora a otros reinos (como es uso y costumbre de los
grandes señores) a aprender varias lenguas. Y pediéndola con todo secreto mi
hermano el rey Felipe cuarto que me remitiese a España en conformidad de lo que
le había comunicado el rey su mi padre y señor en su enfermedad de muerte. En
cuya conformidad, pasando yo por Francia y embarcándome desde la ciudad de San
Malos, me cogió el enemigo pirata, y entendiendo por algún camino quién yo era,
a lo menos de parte materna por relación de los de la nao, me hizo general de
sus cuatro galeones, de edad de catorce años y menos. Y gasté dos años y medio
en ese género de vida forzada, hasta que los reduje al servicio de la corona de
España en el puerto del Dean en el reino de Galicia, y llevándolos al santo
oficio de la inquisicion de Santiago fueron absueltos de sus herejías (los que
lo eran) sirviendo yo de intérprete para confesarlos y enseñarles en persona la
cristiana doctrina, que eran cuatrocientos y cincuenta y dos personas y cuatro
galeones con treinta y dos piezas de artillería cada uno uno con otro.
Y sabiendo Su Majestad la persona que
había llamado quién yo era, ignorándolo yo hasta el año de treinta y dos que mi
madre y señora me lo envió a decir con el príncipe de Vetonia mi tío, siendo
colegial mayor ya en el real y milagroso de San Lorenzo, habiéndolo sido antes
en el de los niños nobles del hábito de Cristo, el cual me mandó con todo
sigilo que guardase mi secreto hasta que el Rey mi hermano lo publicase, con
los favores que empezó a hacerme como lo hizo hasta hoy, y me dio las cartas de
mi madre y señora con algunas para ella en esa conformidad del Rey mi padre,
que hoy guarda el dicho mi tío el príncipe de Vetonia del consejo de guerra de
Su Majestad, de la llave dorada del hábito de Calatrava, comendador de Carrión,
mayordomo de Su Majestad y maese de campo de un tercio de irlandeses en la [f.
43v] ocasión de Fuenterrabía y otros. Y viendo Su Majestad los medios a mi
alcance o por ponerme a riesgos de la fortuna, me mandó salir de mi colegio y
acompañar al infante cardenal a Flandes, visto mi estudio y experiencia en
materia de fortificación y escuadras. Obedecí, y marchando saliendo de Milán
[ilegible] do del infante mi hermano, no por noticia de mi persona nuestro
parentezco sino por natural simpatía de los dos, y semejanza en todo; y porque
también mis talentos ayudaban me honrase cuando otros títulos me faltaran.
Llegamos a Norlenga donde nos aguardó el enemigo el rey de Suecia y los
confederados heréticos de Alemania. Juntose con nosotros en rey de Hungría y
emperador de Alemania. Y estando para dar batalla aquel día, dispuse yo los
escuadrones con el padre Gamoso de la Compañía de Jesús mi maestro en las
matemáticas, de donde se siguió ganar la más célebre victoria oida ni alcanzada,
matando veinte y dos mil enemigos con pérdida de doscientos hombres solos. A la
la vuelta de España, antes que llegué, me envió orden Su Majestad de pasar con
embajada a Venecia. Obedecí, no me [palabra ilegible] –ron por mozo, volví,
entregáronme los papeles de estado y la privanza del conde duque.
Hice prodigiosos servicios en lo
secreto del estado, levanto a mi costa doscientos infantes, bajo a Fuenterrabía
a mi costa, entro con el primer socorro de doscientos infantes estando cercado
con veinte y siete mil enemigos, hago salidas, asisto en todo, vuelvo a la
corte, recibo (entre otras muchos embajadas para oirlos por orden de Su
Majestad) la embajada de los príncipes y señores católicos de Irlanda piden
socorro de Su Majestad para sacudirse del yugo tirano del inglés, vista la
buena ocasión de la rebelión de Escocia. Juntose dos de cada consejo sobre el
caso, que se propagó por mayor para mayor secreto. No saben dar salida a tan
defícil empeño, aflígese el Rey, y pido que a mí solo se remita, como se hizo.
Despuse el negocio igualmente grato a ambos reinos, y en la forma accidental de
anticiparse ellos con las instrucciones políticas, que ellos mismos, vista la
ocasión tan despuesta y próspera, se levantaron sin ayudarse del Rey. Entonces
me hizo [ilegible] dilatados de dos títulos de maese de campo y otras muchas
infinitos [ilegible], así hábitos como títulos de capitán y ayudas de costa,
calidades y condiciones grandes, etcétera. Y había de salir yo en persona a
levantar dos mil y cuatrocientos irlandeses para lo despuesto en secreto.
Suspendió Su Majestad mi ida, y en vez
de acabar de descubrir mi persona, cuando no hubiera merecido por mi sangre
sino por hazañas tan portentosas hazañas en mis tiernos años, me desterró a
estos reinos, seguiendo la razón de estado del conde duque, con achaque de que
informó el marqués de Cadereyta que esta ciudad estaba rebelada y que
importaría mucho mi persona para lo que se ofreciere [f. 44 r] con todo secreto y
esto sin que nadie lo entendiese, y pasase como otro cualquier postajero con la
disimulación y recato que convenía a la recomendación de Su Majestad, con dos
fines: el uno para informar del estado de entonces: y el otro de la prosecución
y del gobierno del marqués de Villena. Y todo era no más que pretexto para
deslumbrarme de no llegar a conocer mi igualdad, ni que tuviese ocasión para
que nadie me lo dijese, pues temían mis aplausos, mis hazañas, mis aciertos,
mis talentos en materias del estado, mis ardides en la guerra, y todo junto con
la alteza de mi sangre pudiera urdir algún desconcierto, y más habiendo
recibido yo tan notorios agravios en privarme tantos años de los privilegios y
grandeza que me tocaban. Y esto por antojo y capricho de solamente dos. Como el
príncipe Segismundo había padecido antes aún con su propio padre, crédulo de
los astros, lo que después se verificó seguro pues se vengó de él, venciéndole
y desposeyéndole del reino justamente en recompensa del agravio recibido,
porque le negó el ser que él mismo le había dado, porque le fue pronosticado
había de vencerle y rendirle a sus plantas. Que a no haber dado la ocasión el
padre, nunca la hubiera ejecutado el hijo.
Fundados pues el rey y el conde duque
en esa lábil e inconstante razón de estado, y yo de la otra parte paciente,
sufrido, y disimulando hasta que, apiadándose de mi opresión y agravio el
cielo. Jamás he dado que entiendan sino que soy quien dicen mis informaciones
mandadas hacer por Su Majestad cuando entré en dichos colegios.
Después que llegué a estos reinos, sin
haberse Su Majestad lastimado de mis fatigas siempre tan obedientes, y sin
cuidar aún de mi natural sustento, mucho menos de mi lucimiento, que contradice
en su opinión y en la mía con mi empleo, he padecido los más colmados duelos no
digo que príncipe ha sufrido, sino el más anichilado esclavo, sin atreverme a
formar mi queja ni mi penuria a nadie, ni tampoco darme a conocer más que lo
que mis méritos naturales pregonan, y eso a muy pocos, porque todos se admiran
de mis prendas acreditadas con mi poco premio. Que si el conde ha intentado que
imite yo los pasos de su don Julián, está muy engañado y ha de saber vive con
engaño y sepa la grande diferencia que hay de príncipe a vasallo avillanado,
habido de otro vasallo en mujer casada de sangre baja, y él casado con otra de
su porte y divorciado sin equidad por el brazo de quien priva; que a tanto se
atreve a mi me entierre tan oprimido y aun muerto como a don Carlos, si el suyo
[f. 44 v] que estaba yo capaz de mi
dicha y sangre y si yo no hubiera lo que he disimulado con tanto valor en mi
propio ahogo en los y agravios recibidos de aquel tirano, y mi hermano el Rey
(que lo es igual) pues pudiendo y debiendo, no lo quiso remediar, y debiéndome
remedió, antes [ilegible] ofensivo a su grandeza y [ilegible] a su persona, habiéndome
hecho tan amable en su servicio como si hubiera nacido sin obligaciones, por
sólo darle gusto solamente. Aquí es la universal ruina de todos: de que una y
otra vez a vosotros vasallos pido os apiadéis no de mí, aunque la misma causa
os lo pide, sino de vosotros mismos que corréis igual fortuna y peligráis en
igual diferencia.
Y habiendo yo informado de la paz y
serenidad de los reinos, y del agravio hecho a tan leales vasallos en el
informe siniestro del marqués de Cadereyta, intendiendo que el rey había de
mostrarse agradecido a estos reinos en honrarlos, apenas proveyó una carta de
consuelo y satisfacción de su seguridad, lo que claro está causaría a todos no
digo desconsuelo, sino desesperación contínua, conforme mi amor a vasallos tan
dóciles y tan liberales, según aborrece mi natural ver tiranías, injusticias ni
absurdos, avisé del intempestivo gobierno del marqués de Villena con todo rigor
y esfuerzo. Conseguí los intentos que deliberé en lo político de mi razón de
estado, fundado siempre en la justificación de las causas e intentos sanos,
juzgando lo uno merecía el despojarle del gobierno; lo otro, estando él en
posesión como quien vendía tantos ahogos patrocinios, me fuera más defícil
asegurar a vista de su ejercicio mis intentos y vuestros desahogos. Porque
parece se inclinaba con previas disposiciones a anticiparse; aunque ni tendría
ánimo, valor, prudencia ni consejo para emprender negocio tan defícil y arduo,
como quien ignoraba lo uno, la acción de Castilla a estos ayunos; y lo otro,
como quien estaba más honrado que agraviado con estos ayunos con el la posesión
de este gobierno. Y como al fin me lastime ver que afligiese también a los
vasallos de estos reinos, y no tenía la acción inmediata de mi sangre para la
empresa, antes quizá le acobardaba la ausencia de su hijo y el recelo de la
pérdida de sus estados, caso que su dicha no conseguiera lo que el cielo tenía
para mí guardado.
Esto presupuesto, ya véis que los
virreyes nuevos cada uno como gente limitada procura agradar a mi hermano con tiranizaros
más, y cada dia irá en disminución vuestra grandeza, y cuanto más dilatáis
vuestra libertad, tanto más os arrimáis al precipicio. Y aunque en el último
aviso el Rey me escribió con su mano y letra y en el penúltimo lo mesmo, y el
conde duque y su [f. 45 r] se cretario Pedro López de Calo en respuesta de
las anteriores mías y en conformidad de nuevas ocurrencias me dieron cuenta, o
para animarme a vivir desterrado, o para deslumbrarme más, de cómo me habían
hecho marqués de Cropani, título en Italia y superviviente de los asientos
reales, puestos para quien no naciera igual, y mejor que el infante don Juan de
Austria, y con mucho mayores ventajas de la parte materna, como al fin igual
con las princesas de mayor calidad. Luego este mismo agasajo no sirve de mayor
afrenta y agravio mio, y de mayor desperdicio del veneno descubierto de tan
poderosos enemigos nuestros?
En cuya consecuencia el cielo fue
servido inspirar ánimos y darme fuerzas y vigor, y prudencia para disimular tan
atroces agravios, hasta este tiempo en que por divino y soberano impulso, y por
medios y auxilios del cielo celestiales, he dispuesto tomar las armas, y con
ellas por la vía más pacífica y piadosa posible, sacudir el grave yugo y
tiranía que padecen estos reinos, dando libertad a todo género de oprimidos y
relevando a todos de cualesquiera opresión que padecieren, en la forma y manera
con las calidades y previlegios que se siguen.
Y porque ante todas cosas es bien
afianzar en Dios nuestros intentos buenos, protestamos vivir y morir en la
santa fe católica de nuestro señor Jesucristo Dios y hombre verdadero,
rindiendo con toda reverencia nuestros cuellos al suave yugo de su ley
sacrosanta que profesa la santa madre iglesia católica apostólica romana. Y en
su nombre prestamos la debida obediencia a su vicario nuestro muy santo padre
Urbano Octavo, pontífice máximo que Dios guarde, según y como nuestros
predecesores catoliquísimos en tantos siglos han hecho, reverenciando así mesmo
en esa parte al santo oficio de la Inquisición, confirmando y corroborando su
santo instituto para siempre jamás en estos reinos, a cuyo santo tribunal en
nombre de la iglesia haremos voto solemne de defender hasta la muerte con todos
nuestros reinos la santa fe católica. Y nuestros sucesores han de hacer y
cumplir lo mesmo, so pena de ser privados de los reinos y de la acción
hereditaria a ellos mediante la espontánea elección por voz común de todos.
Lo segundo, porque juzgamos, y es
cierto que para tener legitimada posesión, y derecho sin escrúpulo, nos y
nuestros herederos, es necesario vencer y libertar estos reinos y vasallos por
fuerza de armas, los cuales reducidos a pacífica unión y vasallos [f. 45 v]
Que aunque en estas materias nadie
podemos admitir mejor, habiendo cuenta nuestra larga experiencia en negocios de
gobierno todavía, para mayor acierto en todo, deseo haya consentimiento y
comunicación de los interesados mismos, pues será fuerza que lo miren con el
mismo celo y lo voten con el mismo aliento.]
[ilegible] líquido y seguro
protestamos juntar cortes para que, visto por conveniente y necesario, en
remuneración y premio de nuestro trabajo y con atención a nuestro valor, nos
elijan por su Rey y príncipe y a nuestros sucesores, o al que mejor les
pareciere, con advertencia que en dichas cortes igualmente han de tener voz y
voto los naturales, y los libertados, como los españoles.
Lo tercero. Hacemos notorio a todos
que desde luego mandamos publicar y publicamos que en adelante sean
desmembrados y apartados de la corona de Castilla todos estos reinos de la gran
América y sus adyacentes, sin obedecer a otro príncipe que al que fuere elegido
a su tiempo, so pena de incurrir la indignación sonora. Y en esta conformidad
al presente mandamos revocar y revocamos, y anulamos todo género de tributos,
pechos, alcabalas y nuevas imposiciones, dejando a la voluntad de todos, una
nueva orden suave y moderada de derechos reales para la defensa general de
todos y lucimiento de su príncipe, y por agora libre lo realengo y los caídos
para las defensas de todos.
(sic ¿Lo curto?). Asimesmo absolvemos
esta ciudad de México (caso no se oponga a su libertad) de todo género de
alcance que tuviere y que debiere, así ella como los particulares y asentistas,
y corran en lo adelante fijos, menos que sean imposiciones, de que la hemos
relevado para siempre jamás. El comercio sea libre y sin derechos sino en la
forma dicha, todo cuanto no fuere gravoso vaya corrientemente, diezmos y
quintos de minas, y lo que el consulado y la ciudad nombre del reino juzgaren
por conveniente, encargándoles sea muy moderado. Que también dispongan el
consulado y la ciudad leyes de buen contrato y gobierno, y con qué naciones
parece conveniente? Y enteresable que nombren y propongan embajadores para
Roma, Francia, Venecia, Holanda, Portugal, y Irlanda. El tributo de los
naturales se suspenda luego, y de los demás comprehendidos no haya
repartimientos, pero no cesen de trabajar para sustentarse y a la república así
españoles como ellos como españoles y demás gente, so pena de la indignación y
castigo nuestro. Y los que tuvieren dependencia con España en el comercio y
correspondencia, lo prosigan por la mejor vía que pudieren, caso fuere
necesario y provechoso, por no defraudar a nadie ni ser defraudados. Pero no ha
de haber nadie que de hecho pueda recibir cargazón de allá, ni enviarlo
tampoco, que la que hubiere sea por via de cambios y no más. Y esto podrá ser
por mano de las demás naciones que contrataren con nosotros, o por la de los
peruleros porque no falten restituciones de una y otra parte.
[f. 46 r] (sic.
¿Lo quinto? Lo cuarto. Sean luego al punto libres cuantos esclavos hubieren en
estos reinos si ellos se que se levantaren para su defensa y libertad, los
cuales sin eximir a nadie de ninguna condición ni calidad de ellos, agora sea
bozal, agora ladino, en adelante conforme sus servicios y hazañas será tan
capaz de premios, títulos, encomiendas, hábitos, señoríos y oficios así de mar
como de tierra, así dela república como del gobierno, como los mismos
españoles, y conforme el ingenio y la aplicación de los demás que se aplicaren
a cultivar la tierra y ser labradores se les dará tierra y lo necesario,
haciéndoles señores libres de ello.
Lo sexto. Que los españoles que desde
luego con sus personas, séquito y esclavos, salieren al augmento y defensa de
su libertad, no solo quedarán en posesión de los estados, haciendas, posesiones
que hoy tienen, sino que también, aunque dichos esclavos sean libres por
nuestro edicto y su propio valor, se les ha de dar no sólo equivalente
satisfacción de sus esclavos ya libres, sino mucho más aventajada, fuera del
premio que merecieren dichos españoles en cualquiera cosa o forma que pidieren.
Lo séptimo. Que los esclavos y aun
libres de este género que luego al punto no se pusieran en armas a la voz de la
libertad para siempre jamás lo sean ellos, sus hijos, descendientes y
posteridad, sin que haya rescate ni cláusula de testamento que los pueda
libertar, los cuales se irán comprando por nos y nuestros sucesores,
aplicándoles para minas, obrajes, labores, haciendas y otras obras serviles,
pagándonos por su trabajo personal, con que serán dejados a nuestros sucesores
como cosa realenga por vínculo de mayorazgo de la Corona.
Lo octavo. Los españoles de cualquiera
condición o calidad que sean, que no sólo no se oponen, sino que personalmente
no ayuden actos que en la ocasión se hallaren a esta justificada libertad de
todos, sean reputados y tenidos por miembros viles, y desposeídos de toda
cuanta hacienda, puestos, dignidades, fueros, previlegios, y tenidos por
incapaces de ningun premio, como hoy tienen ellos a los esclavos, y que sus
hijos y descendientes sean tenidos por inhábiles de ningún derecho a premio ni
puestos, y expulsos siempre a las fronteras chichimecas, como opuestos al
augmento propio y de su libertad, y desde luego se elistarán, para que sean
notorios enemigos a Dios y a su grandeza.
Lo nono. Los españoles que desde
luego, con sus personas y séquito, salieren y fueren asistentes, y ayudaren a
esta santa conspiración y libertad universal, además de que se les dejará la
pacífica posesión de todo cuanto hoy gozan y poseen, juntamente se les
augmentarán sus estados y dignidades conforme los méritos de cada uno, con
títulos de condes, barones, marqueses, duques, caballeros, y otras honoríficas
y provechosas dignidades, dándoseles pueblos, rentas y encomiendas, oficios o
preeminencias para el lucimiento de cada uno, conforme su dictado y
obligaciones.
Lo décimo. Que todos los puestos,
oficios o dignidades proveidos por el Rey de Castilla estén en la forma que hoy,
con su fuerza y vigor, por el mismo tiempo y término que fueron concedidos y
con los mismos fueros, caso que los tales no se opongan al intento y libertad,
y si no ayudaren viéndose en la ocasión. Y si algún oficio o puesto llegara a
consumirse como el de tributos, que se quita por que no habrá tributarios, se
les será restituido otro más honorífico y más interesado.
Lo undécimo. Los españoles que en el
principio de esta facción [f. 46 v] y
los naturales libertados o libres, que fueren sin género de caudal y pobres,
serán dueños con igual repartimiento de toda la hacienda, así moble como raíz,
de los que se opusieren a ellos, y de sus oficios públicos, y tenidos ellos y
todos sus descendientes por nobles y hidalgos de solar conocido para siempre
jamás, y caso que no hubiere oposición serán premiados muy a su contento y
nuestra satisfacción.
Lo (sic. ¿duo?) décimo. Los naturales
que prueben ser defraudados de sus haciendas desde la conquista hasta hoy,
serán restituidos. Y los que en esta empresa se mostraren leales y deseosos de
su libertad serán premiados. Y los caciques, nobles y caballeros de ellos que
con su persona, gente y hacienda asistieren y adelantaren esta empresa, serán
premiados con títulos de marqueses, duques, condes, barones, con hábitos, grandes
del reino y otras mercedes, conforme los méritos de cada uno, con los mismos
fueros y preeminencias que los españoles, capaces del lucimiento de carrozas,
libreas, espadas y demás cosas, sin excepción alguna.
Lo trece. Lo mesmo de los demás
géneros de gente de cualquiera calidad o condición que sea, sin que en adelante
haya desigualdad en lo tocante a ser capaz del premio merecido en ninguno, como
hemos dicho, pues todos son libres y hijos de su hazañas en adelante, y capaces
así en lo eclesiástico como en lo secular y milicia como los españoles.
Lo catorce. Que porque sigue grave
desconcierto a la república y al avío de lo necesario en tan breve libertad y
tan repentina de los esclavos, y mucho detrimento a los vasallos que en las
haciendas, trapiches, obrajes y otros empleos tienen impuesta su esperanza y
remedio de todo, que padecerá con la ausencia de los que manejan, trabajan y
alientan estos empleos, y luego será forzoso sentir grave desconsuelo en la
pérdida a su parecer de los esclavos, mandamos que si los dichos dueños de las
haciendas, obrajes, labores, o los amos de los oficiales luego al punto
empezaren a pagar su trabajo personal como a libres que lo son, irán a asistir
sin atreverse nadie a maltratarlos, pegarlos, herirlos, azotarlos, ni otra
acción más que despedirlos si no son a propósito, como a españoles al fin. Y
los amos, como hemos dicho, que se mostraren a tiempo defensores de esta
libertad, serán recompensados en la pérdida de sus esclavos en más que
equivalente restitución, aunque la compra no fue legítima pues como no lo fue
la venta, pero escusaremos quejas ni agravios que lo parecen aunque no lo son.
Lo quince. Los naturales que luego no
acudieren a redemir su ve…ción de todas partes de los reinos, se quedarán
tributarios y sujetos a los repartimientos, y los esclavos que no acudieren
asimesmo con sus personas, administrando a nuestro ejército víveres y comida, a
los cuales se les ha de pagar, y lo mismo los indios quedarán esclavos y los
hijos que de ellos nacieren. Y los dueños que les impiden, además de [f. 47 r] perderlos serán castigados a
su tiempo y ellos serán esclavos. Y las indias que no hicieran lo mismo, sus
hijos serán tributarios también, aunque sus maridos acudan a su obligación,
porque es es justo que desempeñen algún trabajo, pues participan tambien del
provecho y libertad, grandeza y comodidad de todo.
16°. Los naturales, libres y
libertados, si merecieron hábitos se les darán con bastante lucimiento y
hacienda para sustentarlo, y sus informaciones se harán sin escrúpulo alguno,
pues es notorio no participar ellos de ninguna raza judáica ni herética. Y los
españoles que lo merecieren tendrán por nuestra dispensación licencia de hacer
sus informaciones aquí en estos reinos, sin pasar a los de Castilla, y lo
suplicaremos después a Su Santidad se sirva de concedernos las mismas bulas,
gracias y indulgencias como al de Castilla, y facultad de nombrarlos y
confirmación de los dados. Asimismo las informaciones, y para el Santo Oficio
se harán con exacción aquí y los demás.
17° Que los beneficios eclesiásticos,
obispados, canonicatos, arzobispados y cuanto toca al de Castilla el
nombramiento, en adelante nos tocará a nosotros. Y actualmente corren pues Su
Santidad los confirma por bien nombrados, y los vacantes nos tocarán en
adelante.
Que las doctrinas se vuelvan a los
religiosos en la forma y manera en que estaban, y sean perpetuamente suyas. Y
la limosna que les tocaba de vino y aceite, en habiéndolo cese por como fruto
de la tierra, cese y se conmute en raíces que nombraren, para su sustento y
gastos de sus capítulos generales.
18°. Que porque necesito de las santas
oraciones de los siervos de Dios para que mediante ellas logren mis intentos el
deseado fin, para su mayor servicio pido y suplico a todas las comunidades, así
religiosos como religosas, intercedan con su divina Majestad me alumbre y me
encamine para mayor honra y gloria suya, y libertad y bien de estos vasallos. Y
porque todo se encamine con más efecto, hago voto y promesa ante Dios nuestro
señor de dar renta y señalar patrimonio a los conventos más pobres y
necesitados en todo el reino como patrón suyo, y costear cada un año cien
doncellas pobres y honradas, o ya por mí o por mi intervención, y esto mientras
viviere.
19° Que los estados del marqués del
Valle sean confiscados como inicuamente poseidos, y si hubiere legítimos
herederos vivos y constare serlo, se les sea vuelto a cada año lo que le
tocare, y mientras se averigüe se reparta a los beneméritos que en esta facción
se señalaren.
20° Que suspenda su comisión el
arzobispo electo de visitador general, y sean sueltos y perdonados cualesquiera
delincuentes, y abiertas las cárceles públicas para que libremente salgan. Y lo
mismo los pre [f. 47 v] sos por el
santo oficio de la inquisición, menos los rebeldes y obstinaces en sus errores
contra nuestra santa fe católica, y los relapsos sentenciados se ejecuten. Los
demás sean sueltos y anotados por si reinciden, para que el santo tribunal
proceda contra ellos. Que los oidores, alcaldes de corte y ministros de audiencias
proveidos de Castilla en toda la Nueva España ejerzan sus oficios mientras
hubieren, y pidan nuevos favores conforme sus méritos, letras, justicia y
calidades.
21. Que los que fueron oficiales
reales en propiedad sean de nuestro consejo de hacienda, los oidores sean del
consejo real, los alcaldes sean oidores para nueva chancillería, los alcaldes
de corte que se han de nombrar irán subiendo conforme sus méritos, y los demás
pues de títulos y grandes de estos reinos se nombrarán conforme sus méritos y
hazañas en estos empleos.
Por tanto, atendiendo a la infinita
misericordia de Dios nuestro señor y a la intercesión de su bendita madre
nuestra señora, que nos alienta y inspira a esta justificada y heroica facción,
amonestamos y exortamos a todos, de cualquiera calidad que sean, que con toda
paz y tranquilidad se reduzcan a la razón y justificación propuesta. Y serán
premiados con suma grandeza. Y obrando en lo contrario será forzoso (aunque con
sumo desconsuelo de nuestro corazón, tan inclinado a la clemencia y benignidad
y liberalidad), proceder con el furor militar que en estas ocasiones es
permitido, y procurar reducirlos por armas. Que no se puede conseguir menos que
poner a riesgo manifiesto las vidas, que en nosotros que lo seguimos será de
premio eterno por juntarnos con la verdad y piadosa hazaña como sacudir el
tirano yugo que tantos y tantos afligidos pueblos padecen. Y en los que
resisteran no sólo peligra la salud temporal de la vida entre las armas sino la
de la eterna, por cuanto intentan interrumpir la equidad y la verdad, el
sosiego y la paz pública y el común descanso de todos. Lo que el cielo no
permita, pues hemos visto ejemplos manifiestos de buen y de feliz acierto desde
el principio del mundo hasta hoy con los que animan y emprenden semejantes
hazañas deregidas al consuelo universal de todos, que se encamina primeramente
al mayor servicio de Dios, para que sus criaturas le sirvan con mayores veras,
como más libres, más contentos, más dueños de sus causas, más refrenados del
vicio y más alentados a la virtud y justicia, que mediante el buen gobierno se
alcanza.
Bendita sea su divina majestad que así lo ordena, en honra y
gloria suya por siglos de los siglos. [posible firma, borrada con tinta].



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