martes, 3 de abril de 2018

De la farsa a la historia


Guillén de Lampart

Víctor Manuel López Wario



La página inah.gob.mx aporta una descripción de los elementos constitutivos  del Monumento a la Independencia[1] —inaugurado por don Porfirio Díaz el 16 de septiembre de 1910 como parte de las celebraciones del Centenario de la Independencia de México— para quienes carecemos de una visión adecuada y para vencer la distancia, el brillo del sol, el ocultamiento durante la oscuridad, las recurrentes conmemoraciones sociales, deportivas, políticas y el paso acelerado ante él, quede por constancia el aporte de especialistas la descripción de esta síntesis conmemorativa basada en las antiguas columnas honorarias erigidas por los romanos:
                “Coronando la columna se encuentra la estatua de 6.7 metros hecha por el artista Enrique Alciati; es uno de los más reconocibles hitos de la Ciudad de México. No fue la intención representar a un ángel, sino con más precisión a la ‘Victoria Alada’.[2] La estatua de bronce está cubierta de oro y pesa 7 toneladas[3]. En su mano derecha sostiene una corona de laurel triunfante por encima de la cabeza de Miguel Hidalgo, mientras que en la izquierda, sostiene una cadena rota que simboliza la libertad de más de tres siglos de dominación española.”
Guillén de Lampart
(Interior dela Columna a la Independencia.)
memoriapolitica.com
                (Bajo la Victoria Alada hay una caseta con una puerta al oriente que da acceso a una terraza de no más de 0,80 m, que la recorre perimetralmente y está resguardada por un barandal de bronce repujado que antaño tenía escudos de bronce en las cuatro caras con las iniciales R.M. “República Mexicana”. Un capitel formado por cuatro águilas con las alas extendidas, volutas y hojas de acanto en los cuatro lados sostiene a este mirador.)[4]
                Con respecto a la columna en sí: “La palma que viste el cuerpo de la columna, sostenida por los anillos con los nombres de los héroes, tiene un doble simbolismo que ha sido recogido por los estudiosos de la iconografía de los santos y posteriormente por los que estudian las figuras heroicas. Se refiere (de manera congruente con la alegoría que corona la columna) a la victoria de los héroes de la Independencia sobre el domino español de tres siglos.” Y acotan: “Como la escalera original no era confiable, años más tarde se construyó una más segura para subir a la plataforma.”
                “El capitel, la parte superior de la columna, está rodeada por cuatro águilas con las alas extendidas, como en el escudo nacional de esa época.
                “La estructura de la columna es de acero cubierta de (con) cantera de Chiluca, decorada con guirnaldas (de encino que nacen de cuatro cabezas de león esculpidas en el anillo más bajo. Bajo éste, en el lado oriental, se encuentra un bajorrelieve que representa la fama que lleva una trompeta. Al pie de la columna se hallan dos coronas: una, que simula la piel de una serpiente, y bajo ésta una de laurel), palmas y anillos con los nombres de los héroes de la Independencia:
“El anillo superior lleva los nombres de: Hermenegildo Galeana, Mariano Matamoros, Guadalupe Victoria y Manuel Mier y Terán.
“El anillo antes del ciclo escultórico lleva los nombres de: Agustín de Iturbide, Juan Aldama, Ignacio Allende e Ignacio López Rayón.
Grupo escultórico: “En este detalle se aprecia a Miguel Hidalgo al centro, con dos estatuas femeninas que representan la Historia, sosteniendo un libro y la Patria entregando un laurel de victoria.”
El grupo escultórico a un nivel inferior de Miguel Hidalgo lo componen: “José María Morelos, 1765-1815, líder del movimiento de independencia, después de la ejecución de Hidalgo (suroriente). Vicente Guerrero, 1783-1831, líder insurgente después de la muerte de Morelos, segundo presidente de México (nororiente). Francisco Javier Mina, 1789-1817, militar español que se unió a la causa de la Independencia (surponiente) y Nicolás Bravo, 1786-1854, comandante del ejército rebelde, más tarde presidente de México en tres ocasiones (norponiente).”
(Bajo éstas, en las caras norte y sur del pedestal se encuentran dos rosetones que permiten la entrada de luz al interior del monumento. En cada cara se muestran en bajorrelieve dos haces romanos, además de hojas de encino y laurel que representan la fuerza y la victoria, respectivamente. En la fachada de oriente hay un escudo ornamental con las fechas de proclamación y consumación de la independencia (1810–1821), y…)   Al frente del basamento: “Placa con la leyenda ‘La Nación a los Héroes de la Independencia’. Frente a ésta: ‘León adornado con guirnaldas, es conducido por un genio, contrastando la corpulencia del animal que simboliza “la fuerza del pueblo” guiada a su feliz destino por la ley, creación debida al ingenio humano, frágil como un niño, pero sagaz como geniecillo que la conduce feliz.”
(“En la cara oriente se ve una placa de mármol que permaneció sin escritura hasta 1986 y 2006, cuando se le grabó la historia del monumento: Monumento a la Independencia. Construido de 1908 a 1910. Inaugurado el 16 de septiembre de 1910. Restaurado en 1958 y 1986. Noviembre de 1986. Septiembre de 2006.”)[5]
Cuatro figuras femeninas.  Al lado izquierdo (visto de frente el monumento): el símbolo de la Paz (en las caras laterales sobresalientes lleva grabados los nombres de los precursores: Melchor de Talamantes, Francisco Primo de Verdad y Ramos y Marqués de San Juan de Rayas en una de las caras y de los consumadores: Pedro Ascencio, José Joaquín de Herrera y Miguel Barragán en la otra cara); a la derecha la representación de la Justicia (con los nombres grabados de los escritores: Servando Teresa de Mier Noriega y Guerra, Joaquín Fernández de Lizardi y  Carlos María de Bustamante en una de las caras y de los congresistas: José María Cos, José María Liceaga y Andrés Quintana Roo, en la otra cara); atrás de ésta la representación de la Ley (en las caras laterales de su base  los nombres grabados de las heroínas:  Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario Fernández de San Salvador y Mariana Rodríguez del Toro de Lazarín y los conspiradores:  José Mariano de Michelena, Epigmenio González y Antonio Ferrer, en la otra) y en el cuarto lado, la simbolización de la Guerra (lleva grabados los nombres de los caudillos: Mariano Jiménez, Leonardo Bravo y Pedro Moreno en una de las caras y de los guerrilleros: Encarnación Ortiz, Víctor Rosales y José Antonio Torres en la otra).[6] [7]
“La puerta (de hierro y bronce) del mausoleo tiene un medallón que representa la República Mexicana. Se ha dicho que Antonieta Rivas Mercado[8], hija del arquitecto (Antonio Rivas Mercado. Tepic, 26 de febrero de 1853 – Ciudad de México, 3 de enero de 1927) fue la modelo para este detalle.”.[9] (A su costado sur hay un bajorrelieve con figuras de origen grecorromano, todas relacionadas con la diosa Atenea, que era la protectora del pueblo romano, además de los símbolos de la república romana como un hato de flechas, una hacha y un bastón de mando con la inscripción latina SPQR (Senatus Populusque Romanus – El Senado y el Pueblo Romano). Del lado norte, otro bajorrelieve con figuras mexicanas, aunque bajo interpretación europea, un Escudo Nacional y la efigie del dios Quetzalcoatl. A los costados de estos y ocultos, un escudo nacional al sur y un escudo de Atenea al norte.”[10]
Anota que de 1910 a 2008 “A causa del hundimiento del suelo, ha sido necesario añadir más de 14 (¿15? ¿16?...) escalones a la base original.”
“Mausoleo. En 1925, el mausoleo situado en la base del monumento recibió los restos de los héroes de la Independencia: Juan Aldama, Ignacio Allende, Nicolás Bravo, Vicente Guerrero, Miguel Hidalgo y Costilla, José Mariano Jiménez, Mariano Matamoros(¿?), Francisco Javier Mina, José María Morelos y Pavón, Andrés Quintana Roo, Leona Vicario, Guadalupe Victoria, Pedro Moreno y Víctor Rosales.”
“El pebetero que contiene la lámpara votiva fue creado siguiendo los lineamientos formales de la época, cuando los perfiles prehispánicos respondían a la creación de un arte nacional.”
Complementa la descripción con el encabezado de: “Estatura controvertida. El mausoleo tiene una estatua del irlandés Guillén de Lampart —un hombre atado a un madero— se encuentra dentro de la columna de la Independencia., un oscuro personaje que se dice se proclamó Rey de México, por lo que fue condenado por la Inquisición a ser quemado en la hoguera.”[11] [12]
“La plataforma principal tiene una forma compuesta por un círculo y un cuadrado, de la cual parten por cada punto cardenal cuatro juegos de escaleras, en los extremos del cuadrado se encuentra cuatro obeliscos que sirven de base a cuatro faroles de luz eléctrica con cubierta de vidrio opaco en forma de globo, que salen de una moldura metálica con cabezas de leones.”[13]
Gerardo De la Concha en su “El héroe que México creó... ¡para ocultarlo!” aparecido en La Razón de México con fecha jueves 24 de abril añade la añeja anécdota y motivo de discusión acerca de la veracidad de tal hecho y momento:
“Como los miembros del Comité no se pusieron de acuerdo sobre el asunto, concluyeron interviniera Don Porfirio en el tema. Él escuchó la exposición de ambos argumentos y luego dijo:
—La estatua de este irlandés está justificada, padeció por querer nuestra Independencia muy tempranamente, pero entiendo estaba muy loco, póngase entonces dentro de la columna.
“Así es como Porfirio Díaz (1830-1915), con su sabia ambigüedad homenajeó y encerró de nuevo a Guillén de Lampart, cuya estatua se encuentra en el vestíbulo dentro de la Columna de la Independencia. Es como el símbolo de un precursor de la Independencia de México a quien le reconocemos esta condición, a cambio de que permanezca oculta.”
(Aquí cabe preguntarnos: ¿De quién fue la idea original para integrar la imagen/escultura de William Lamport en el proyecto original? ¿Cuál era el emplazamiento original para ella? ¿En verdad intervino don Porfirio Díaz sólo en la decisión final del ocultamiento —dado el costo económico y político de cada elemento constitutivo— cuando era más fácil desecharla? Sin olvidar el viejo principio de que en política nada es gratuito.)
“Dos obras contemporáneas, interesantes, se ocupan también de ciertos sesgos de este irlandés inquieto hasta después de muerto. Javier Meza González se centra en la mitomanía y la retórica del prisionero de la Inquisición: El laberinto de la mentira. Guillén de Lamporte y la Inquisición. Un autor italiano, Fabio Troncarrelli, explora sus rasgos míticos: El mito del Zorro y la Inquisición en México. La aventura de Guillén Lombardo.”[14]
¿Quién fue Guillén de Lampart?
William Lamport, Guillén de Lampart, Guillén Lombardo o Lombardo de Guzmán (Wexford, Irlanda, 1611 - Ciudad de México, Nueva España, 19 de noviembre de 1659) fue un inmigrante, conspirador, soldado, revolucionario y poeta místico irlandés[15] que viajó al virreinato de Nueva España. Quiso hacerse pasar por hijo de Felipe III de España con la idea de gobernar la colonia española y una vez en el poder, liberar a indios, negros y mestizos. Fue descubierto, enjuiciado por los tribunales de la Inquisición y sentenciado a morir en la hoguera. Sería la forma escueta para retratarlo. La realidad resulta compleja.
                William Lamport/William Lampart/Guillén de Lampart/Guillén Lombardo de Guzmán fue hijo de Richard y Anastasia— nobles católicos empobrecidos y patriotas rebeldes contrarios a la ocupación inglesa protestante de Irlanda—. Su abuelo Patrick participó en la Batalla de Kinsale y contagió a su nieto con su patriotismo y sus técnicas conspiratorias. El entonces William cursó los estudios primarios con los hermanos de la orden de San Agustín y con los franciscanos en su lugar natal (Wexford) y más tarde con los jesuitas en Dublín nutrió su saber en retórica y latín.
En el inciso correspondiente a “El nombre”, Andrea Martínez Baracs aporta: “… En diversas declaraciones ante el tribunal del Santo Oficio firmó «don Guillén Lombardo de Guzmán», y en el pregón que estampó en las paredes de la ciudad en 1650, «don Guillén Lombardo». Pero eran adaptaciones hispánicas de su nombre irlandés, que debe haber sido William Lamport, como lo llama el historiador de esa nación, Gerard Ronan. Por ello Gabriel Méndez Plancarte lo llamó Guillén de Lámport. Una derivación, elegida por Javier Meza González, fue Guillén de Lamporte. Yo he querido seguir la línea historiográfica de sus principales biógrafos mexicanos: Luis González Obregón y Vicente Riva Palacio, quienes lo llamaron Guillén de Lampart.[16]
Respecto a la apariencia física del personaje, Andrea Martínez Baracs trae un edicto de la Inquisición que lo describía así: «hombre de mediana estatura, rubio de barba y cabello tirante a castaño, enjuto de carnes, quebrado de color, ojos muy vivos».[17] Mientras Jordi Soler  lo define  como “Pelirrojo…”[18] Un retrato de William Lamport realizado Peter Paul Rubens poco después de la toma de Nördlingen en el transcurso de la “Guerra de los Treinta Años” lo representa con el cabello rubio rizado, sano, joven, enfundado en su coraza y de buen aspecto.

 





En su Introducción para “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas”, Andrea Martínez Baracs[19] deja su visión del protagonista:
“Hay personajes históricos que reúnen muchas historias en una, que condensan su época con prolijidad y sirven de intersección de corrientes que llegan de muy lejos. Es el caso de Guillén de Lampart (1611 o 1615-1659): soldado católico irlandés, fruto tardío de la Rebelión del Earl o conde de Tyrone (1593-1603); teólogo, astrólogo, gramático, matemático, maestro de retórica, poeta latino, cortesano e intrigante en la Pax hispánica, intrépido guerrero de los tercios de irlandeses en las guerras europeas de la Corona de España, rebelde irlandés y mexicano, y valiente y desdichado aventurero, que cayó en manos de la poderosa máquina de la Inquisición en la Nueva España, a la que desafió al grado de involucrar al rey y al papa.
“No sólo el personaje se multiplica en muchas historias, sino que los tiempos de su infortunada vida fueron también inusualmente llenos de acontecimientos, abigarrados y fatídicos. Lampart llegó a la Nueva España en 1640, enviado secreto del consejero del rey, el «valido» conde-duque de Olivares[20]. Recién ocurridas la revuelta de Cataluña (1638) y la fallida reconquista por la corona de España de los mares de Brasil capturados por los holandeses (septiembre 1638-enero 1640) y en pleno fragor de las intrigas y rebeliones que llevarían al levantamiento de Portugal (1º de diciembre de 1640), 1640 era un momento de crispación en la Corona española y sus reinos. La propia España se encontraba al borde de la bancarrota. Parecía que todo podía ocurrir.
“Guillén de Lampart viajó a la Nueva España en el mismo barco que los dos personajes más importantes en ese momento para esas tierras: el nuevo virrey, marqués de Villena y duque de Escalona, y quien lo depondría, Juan de Palafox y Mendoza. Guillén desembarcó en México a los 25 o 29 años, en un año vórtice de movimientos políticos y dramas sociales en la Nueva España también. Juan de Palafox, como visitador general y juez de residencia del virrey, destituyó al marqués de Villena (junio 1642), un Grande de España, y ocupó en distintos momentos, en nueve años de estancia, los cargos de juez de residencia de varios virreyes novohispanos, visitador general, obispo de Puebla, arzobispo y virrey, y protagonizó feroces arremetidas contra los franciscanos y los jesuitas. Las graves pérdidas de posesiones territoriales para la Corona española fueron acompañadas por estrepitosos derrumbes de carreras políticas: ante todo, la del conde-duque, que gozó de un poder excepcional, y siendo el protector de Guillén, fue defenestrado (en 1643) poco después del encarcelamiento de éste en la Nueva España. Creyéndose situado en el ojo del huracán, Guillén fue engullido en la tormenta.
“Conocedor voraz de las cortes europeas, que unían intrigas palaciegas y alta política internacional, de los movimientos y pareceres de una profusión de nobles y funcionarios, y de gobernantes, potentados, obispos y el papa, William Lamport o Guillén de Lampart llegó a estas tierras en el contexto específico del choque violento de la separación de Portugal, que condujo a la persecución de los portugueses criptojudíos en los reinos españoles. Expulsados de España por la reina Isabel la Católica en 1492, muchos criptojudíos habían huido a Portugal, sobre todo en las décadas en que este reino se separó de la Corona española. Cuando ésta reanexó Portugal a sus posesiones, en 1580, muchas de esas familias, ya con nombres y nacionalidad portuguesa, se trasladaron a los reinos americanos. Varias de ellas alcanzaron posiciones encumbradas en el comercio mundial —muchas veces, primero esclavos, luego textiles— y las finanzas. La intención del rey Felipe IV, del conde-duque y de Guillén de Lampart era proteger como fuera a esos financieros criptojudíos portugueses, que eran perseguidos por la Inquisición española cuando ellos podían contribuir a salvar a la Corona (y al propio conde-duque) de la bancarrota tras sus guerras europeas.
“Como agente secreto, Guillén también se ocupó de los informes, rumores e intrigas en torno a posibles separatismos, el mayor temor de la Corona en ese momento. El marqués de Villena era primo del separatista rey de Portugal, el duque de Braganza, y cometió errores impensables que hicieron a la Corona desconfiar de su lealtad. Un informe secreto originó su destitución, que fue brutal. Se le atribuyó a Guillén ese informe; pudo ser suyo; en todo caso se sabe que escribió al rey, como espía con canales propios de comunicación, comentarios desfavorables al virrey, quien juró venganza contra él y pudo estar así en el origen de su caída.
“¿Cómo hacer pasar informes secretos en una atmósfera de fidelidad incondicional al poder, y de cuchicheos ansiosos, prontos a la denuncia y al sálvese quien pueda? A los dos años de haber llegado, Guillén cometió el error de tratar de hacer pasar una carta confidencial por medio de gente ligada a la Inquisición. Fue denunciado el domingo 26 de octubre de 1642 por la mañana, y capturado por el Santo Oficio esa misma noche.
“Estuvo preso 17 años, aunque logró huir por unas horas en la Navidad de 1650…
(Otras versiones afirman que no fueron sólo unas horas: “Tras ocho años de cautiverio, huyó de la cárcel inquisitorial excavando un barrote de la prisión y clavó su Pregón de los justos juicios de Dios, que castigue al que lo quitare en la Catedral de México. Dícese que llegó hasta la cámara del virrey y divulgó otras copias, apresándole nuevamente camino de San Lorenzo de los Negros —hoy Yanga— en el Estado de Veracruz, población constituida por esclavos fugitivos o cimarrones y legitimado por el virrey Luis de Velasco en 1630. Todavía intentó escapar una vez más…”)
“Como reo del Santo Oficio, llenó su expediente de denuncias, incansablemente negando los cargos que le imputaban y denunciando a su vez la venalidad, falta de escrúpulos, ilegalidad y las faltas a la fe de sus verdugos, hasta que fue quemado vivo (tal vez logró quitarse la vida por ahorcamiento con la misma cadena que le sujetaba del cuello momentos antes de ser alcanzado por las llamas según afirman otros estudiosos) en la Ciudad de México en el auto de fe del 19 de noviembre de 1659. La sentencia definitiva fue ésta:
haber sido y ser hereje, apóstata, sectario, de las sectas y herejías de los malditos herejes Calvino, Pelagio, Juan Hus, Wiclefo y Lutero, y de los alumbrados y otros heresiarcas, dogmatista inventor de otras nuevas herejías, fautor y defensor de herejes, protervo y pertinaz, y por ello haber caído e incurrido en sentencia de excomunión mayor y estar de ella ligado, y en confiscación y perdimiento de todos sus bienes que en cualquier manera le puedan pertenecer, los cuales mandamos aplicar y aplicamos a la cámara y fisco real de esta Inquisición [...][21]
“Según refiere Vicente Riva Palacio (México a Través de los Siglos), Guillén era un talentoso falsificador que a sabiendas que era común que llegasen instrucciones reales secretas a la Audiencia, muchas de ellas contra el virrey, y como el monarca había enviado también misteriosamente al obispo Juan de Palafox el nombramiento de virrey, luego de una intriga de la que resultó destituido el duque de Escalona, “tan pronto como llegase a México el conde de Salvatierra, que venia a sustituir al obispo Palafox en el virreinato, don Guillen haría falsificar el sello del papel que correspondía al año corriente, pues hasta ese momento no era conocido en Nueva España; provisto ya de sellos se pondrían con ellos los despachos reales para don Guillen, al que con titulo de marques de Cropal o Cropali, nombraba el monarca virrey y capitán general de la Nueva España; a esos despachos acompañarían cartas para la Audiencia y para los oidores, en particular, refiriéndoles como en la corte se tenia noticia cierta de la traición del marques de Salvatierra, y se encargaba y encarecía en obvio de mayores males, y en pro del mejor servicio del rey que ayudasen y favoreciesen al nuevo gobernante encargado de la aprehensión y destitución del virrey. Estas cartas debían venir dirigidas al provincial de San Francisco de México, instruyéndole del modo con que debía proceder secretamente en este asunto. Los oidores serian llamados por el provincial, a media noche, para concurrir al convento de San Francisco, a fin de tratar negocio urgente relativo al servicio de su majestad, y por su orden, sin advertirles mas; una vez reunidos en el templo, el provincial, presente don Guillen, haría dar lectura a los reales despachos, entregando sus cartas a los oidores, y obligando a todos, conforme a lo dispuesto por el monarca, a protestar obediencia y ayudar al nuevo virrey. Las cedulas, provisiones y cartas, debían ser entregadas al provincial de San Francisco, aprovechando la llegada de un navío aviso de flota a Veracruz, para que no diesen lugar a sospecha; pero si ese aviso no llegaba, entonces se supondrían traídos los pliegos por Campeche, y en ambos casos un indio correo los presentaría al provincial diciendo ser llegado desde el puerto.
“Reconocido por la Audiencia como virrey, don Guillen se dirigiría a palacio en la misma noche con los oidores, custodiados por quinientos hombres, que con oportunidad debían estar ocultos en San Francisco, y notificándose al marques de Salvatierra las reales cedulas, se le reduciría a prisión, comenzando inmediatamente a gobernar el nuevo virrey; pero como esto no era sino el principio de la obra, y podían, volviendo de la sorpresa, reflexionar y desconfiar los oidores, y como no era tampoco difícil que de un momento a otro llegase correo verdadero de España y se descubriese la trama, y en fin, como el gran objeto era la independencia de las colonias, don Guillen haría levantar inmediatamente tropas de gente criolla, con el pretexto de prevenir cualquiera intento contrario a las disposiciones del rey, y estas tropas serian pagadas generosamente y mandadas por hombres comprometidos en aquella empresa y se encargarían de la guardia del palacio y de la custodia del prisionero marques de Salvatierra.
“Seguro ya en el gobierno, pero sin que transcurriesen muchos días, don Guillen proclamaría la independencia de Nueva España, dictando, para asegurar el éxito de la empresa, las disposiciones que se leen en una de las diligencias de su proceso…”. Tales disposiciones se resumen a las promesas de beneficiar a quienes lo apoyen en su temerario plan y castigos a quienes no lo hiciesen; además, promete relevar a los indios de tributos; prohibir el comercio con España; liberar a todos los esclavos... según los documentos confiscados a Guillén, su plan iba tan avanzado que ya tenía redactadas cartas dirigidas a los gobernantes de otras naciones y hasta al Papa.”[22]
Resulta un tanto inquietante saber que “El 12 de mayo de 1643, Felipe IV pidió por una cédula real al Santo oficio que terminado el proceso de Guillen, por las acusaciones de astrólogo y hereje, fuese enviado a España con su proceso y papeles.
“… Será hasta el 25 de enero de 1667, cuando los inquisidores acuerden remitir a España el expediente de Guillén de Lampart.”[23]
 “El expediente contiene su larguísimo juicio: acusaciones, testimonios y declaraciones del reo, y los papeles que le decomisaban. Lampart aprovechaba las audiencias para denunciar a los inquisidores y realizar su propia defensa y la de sus compañeros de infortunio: en las cárceles del tribunal del Santo Oficio Lampart coincidió con los criptojudíos acusados de judaísmo, en una oleada persecutoria que condujo al auto de fe de abril 1649, uno de los mayores de la historia novohispana. Los criptojudíos perseguidos eran en su mayor parte ricos comerciantes y financieros de origen portugués, y sus desventuradas familias; entre ellos se incluyeron millonarios otrora poderosos. La acusación de judaizantes permitía al tribunal apropiarse de la totalidad de sus bienes, lo cual se prestaba para un enriquecimiento ilícito escandaloso de parte de los diversos miembros del tribunal —enriquecimiento que fue probado y castigado más adelante—. Estas defensas de Lampart son documentos sumamente valiosos en términos humanitarios, teológicos y espirituales.
“Entre 1652 y 1654 Guillén de Lampart escribió en su celda, oculto de sus carceleros, sin papel, tinta ni pluma, sin libros, 918 salmos en latín. Para ello utilizó lienzos blancos que se procuró, plumas de gallina que encontraba en los basureros, y elaboró la tinta con cenizas, cera, chocolate y otros materiales de ocasión. Sus carceleros le quitaron los lienzos, pero el tribunal mandó copiar su contenido, por lo cual contamos con la obra completa hoy en día. Esa poesía, llamada por Lampart Regio Salterio, fue comentada en términos elogiosos por Gabriel Méndez Plancarte en el estudio citado de 1948[24]. En 2011, una brillante tesis de licenciatura de la latinista Olivia Isidro Vázquez[25] continúa esa labor largo tiempo abandonada. Por ella podemos comenzar a penetrar la profundidad literaria y espiritual de Guillén de Lampart. Es una poesía inseparable de una profesión de fe, es la obra de un hombre profundamente religioso que hace votos espirituales.”[26]
“El miércoles 19 de noviembre de 1659, por sentencia de la Inquisición, en el solemne auto de fe es quemado vivo por ser ‘apóstata y sectario de Calvino[27], Huss[28], Wicleff[29] y Lutero[30]’, tras haber estado diez y siete años en la prisión.
“En la sentencia dictada por los inquisidores y por la que se entrega el reo al brazo secular, dice: “… mandamos que esta nuestra sentencia… le sea leída y publicada en el cadalso donde hubiéremos de celebrar auto general de la fe, llevando puestas el dicho Don Guillermo Lampart las insignias de relajado y mordaza en la boca teniendo elevado el brazo y mano derecha asida por la muñeca a una argolla que para este efecto se pondrá en el lugar donde los reos oyen sus sentencias todo el tiempo que durare dicha publicación en pena de haber escrito con ella los libelos infamatorios y falseado cedulas de su Majestad y por esta nuestra sentencia definitiva juzgando así lo pronunciamos y mandamos…”. La sentencia del juez secular, que le es leída a Lampart, dice: “En la ciudad de México miércoles a diez y nueve días de noviembre de mil y seiscientos y cincuenta y nueve años estando en la plaza mayor de esta ciudad en los tablados altos de madera arrimado a las casas de cabildo y audiencia ordinaria haciéndose y celebrándose auto público de la fe por los señores inquisidores apostólicos desta nueva España fue leído una causa y sentencia contra don Guillen Lombardo de Guzmán que está presente por el cual se manda relaxar a la justicia y brazo secular por erexe pertinas… Fallo atento a la culpa que resulta contra el dicho Don Guillen Lombardo que debo de condenar y condeno a que sea llevado por las calles públicas de esta ciudad caballero en una bestia de albarda y con voz de pregonero que manifieste su delito a la plaza de San Hipólito y en la parte y lugar que para esto está señalado, se queme en vivas llamas de fuego, hasta que se convierta en cenizas y del no quede memoria y por esta su sentencia definitiva así lo pronuncio y mando en estos escritos y por ellos comparecer de hacer que se ejecute… Y luego incontinenti el dicho mes y año a horas que serán como las cinco de la tarde el dicho Don Guillen Lombardo caballero en una bestia de albarda con voz de pregonero. Por Don Marcos Rodríguez de Guevara alguacil mayor fue llevado por las calles acostumbradas a la plaza de S. Hipólito y a la parte y lugar diputado para este efecto, donde habiéndole puesto en un madero y este pertinaz fue quemado vivo su cuerpo hasta que se convirtió en cenizas, todo lo cual pasó en mi presencia, de que doy fe, testigos Juan Cortes y Antonio de Bobadilla. Ante mi Caspar de Rueda Escribano Real y publico”.[31]

El robador de la divina llama
si fue tan atrevido; desde luego
le dio mas gloria, y sempiterna fama,
al propio dueño, de su propio fuego;
pues honra que la envidia no derrama,
es un espejo muy cubierto y ciego:
defecto tiene la sagaz pintura
que no se pone a la común censura.[32]




“Casi doscientos años más tarde, en 1872, el escritor mexicano Vicente Riva Palacio[33], inspirado por el estilo mosquetero de Dumas y rigurosamente documentado en las actas del archivo del Santo Oficio, escribió una novela basada en la vida de Guillén Lombardo que tituló Memorias de un impostor. Don Guillén de Lampart, rey de México. Riva Palacio, que era un entendido de las cifras cabalísticas, hace que su personaje, un Guillén Lombardo con el flanco esotérico reforzado, se defienda de los embates de la Inquisición fundamentando sus contraataques en el ‘principio de la vida’, en ‘la chispa divina’ o ‘resplandor’ que representa la palabra hebrea ziza, cuyo símbolo es la letra Z. ‘El amor a la ciencia nos reunió’, dice Lombardo, Lampart en la novela de Riva Palacio, ‘pero la ciencia es la luz, y la luz es libertad’.
“Años después, en 1919, Johnston McCulley, un periodista neoyorquino (de origen, por cierto, irlandés), escribió The curse of Capistrano, una pulp novel basada en la historia de Riva Palacio, y tuvo a bien aderezarla, o aligerarla, con dos novedades: el ‘Guillén de Lampart’ que venía de ‘William Lamport’ pasó a ser, vayan ustedes a saber cómo, ‘Diego de la Vega’, y la Z de ziza se convirtió en la inicial de su nombre de guerra: Zorro.
“Un año más tarde, Douglas Fairbanks escribió un guión basado en el libro de McCulley, donde Guillén se parecía más a Robin Hood que a William Lampart; después de acabarlo, el propio Fairbanks levantó la producción de la película y se asignó a sí mismo el papel protagónico de The mark of Zorro, la primera pieza de una secuela interminable que sigue reciclándose en la pantalla.
“De esta manera, William Lamport, aquel héroe irlandés que nació en el puerto de Wexford en el año 1615 fue objeto de la más paradójica de las celebridades: la de ser mundialmente famoso con otra patria, otro nombre, otra cara y otra historia.”[34]
       Una escuela primaria en la Colonia Pedregal de Carrasco en la Delegación Coyoacán, al sur del Distrito Federal, lleva el nombre de Guillén de Lampart.





Notas:
[1] “La altura del monumento es de 90.16 metros, más 1.5 metros que tienen las gradas construidas en 1910 y 3 metros adicionales que tienen las gradas construidas en 1986, para un total de 94.66 metros y que muestran el hundimiento de la ciudad, este monumento tiene para fines prácticos una orientación oriente – poniente.” agu.df.gob.mx
[2] Ídem: “… el Ángel es en realidad una representación de Niké la diosa griega alada de la victoria y se menciona que la modelo para el mismo fue una secretaria del General Porfirio Díaz llamada Ana María Mazadiego Fernández.” Afirmación asentada como posible por Alfonso Miranda Márquez en “Centenario de la Independencia de México. 1810-1910. soumaya.com.mx
[3] El terremoto del 28 de julio 1957 derribó a la Victoria Alada. Destrozada al pie del monumento, los trabajos de restauración quedaron bajo el mando del Dr. Ernesto Sodi Pallares, quien refuerza el interior de la columna con placas de metal y reemplaza la escalera de piedra del interior por una metálica, además de construir una nueva victoria alada, la cual es colocada en la cima. De la antigua solo está expuesta al público la cabeza aplastada en la entrada del Archivo Histórico de la Ciudad de México en la que fuera la casa de los Condes de Heras y Soto (República de Chile número 8, esquina con Donceles, Centro Histórico). Reinauguración: 16 de septiembre de 1958.
[4] columna-independencia. pdf inah.gob.mx
[5] Ídem.
[6] Ibídem: “… la Ley (Diosa Eunomía), la Paz (Diosa Irene), la Justicia (Diosa Dice) y la Guerra (Diosa Atenea), aunque ninguna de estas tiene los atributos propios de estas diosas, como sería el escudo con la cabeza de medusa en la diosa Atenea y el uso de una lanza en vez de una espada.”
[7] Ibídem: “Originalmente todas las esculturas del monumento deberían ser de mármol, pero solo las más altas lo son, las de bronce se hicieron inicialmente en México en bloques de yeso, para luego llevarse a Florencia, Italia donde se tomaron como base para hacerlas por el método de cera perdida. Las esculturas de mármol se empezaron en Francia con mármol de carrara para lograr transportarse con el mínimo de peso a México, donde fueron detalladas.”
[8] “La puerta de acceso al mausoleo ostenta este precioso medallón representativo de la República Mexicana,  para el cual se dice que posó Alicia Rivas Mercado.” mexicomaxico.org
[9] Ibídem: “… a su costado sur se encuentra un bajorrelieve con figuras de origen grecorromano todas relacionadas con la diosa Atenea que era la protectora del pueblo romano, además de los símbolos de la república romana como un hato de flechas, una hacha y un bastón de mando con la inscripción latina, SPQR (Senatus Populusque Romanus – El Senado y el Pueblo Romano). Del lado norte otro bajo relieve con figuras mexicanas aunque bajo interpretación europea un Escudo Nacional y la efigie del dios Quetzalcoatl, a los costados de estos y ocultos un escudo nacional al sur y un escudo de atenea al norte.”
[10] columna-independencia. pdf inah.gob.mx
[11] En www.agu.df.gob.mx, escuetamente queda asentado que: “Para acceder al mirador, hay que seguir al fondo pasando a la izquierda de la estatua de Guillén de Lampart se entra a un gran vestíbulo donde una escalera de dos descansos lleva a la escalera en caracol que permite subir al mirador.”
[12] El redactor de “La Columna de la Independencia. Ciudad de México. Con "M" de México” mexicomaxico.org  (Autor: Ing. Manuel Aguirre Botello, junio, 2003. Actualización: septiembre, 2007, agosto 2011) asienta extrañado: “Aun cuando pocos lo saben, existe una estatua confinada dentro del mausoleo que guarda los restos de los héroes de la Independencia. Pertenece a un irlandés cuyo nombre fue Guillén de Lampart y que llegó a México en el año de 1640. Este oscuro personaje, se dice que en su delirio se autonombró Rey de México y que por tal motivo fue encarcelado y después sentenciado a morir en la hoguera. La razón exacta por la que fue colocada esta estatua en un sitio tan especial, la desconozco.” Misma afirmación y duda asentadas por el mismo autor en mexicocity.gob.mx con fecha de 24/04/2014: “En el interior del mausoleo, hay una estatua que guarda los restos de los héroes de la Independencia. Pertenece a un irlandés cuyo nombre fue Guillén de Lampart y que llegó a México en el año de 1640. Este oscuro personaje, se dice que en su delirio se nombró asimismo Rey de México y que por tal motivo fue encarcelado y después sentenciado a morir en la hoguera. La razón exacta por la que fue colocada esta estatua en un sitio tan especial, se desconoce.”
[13] agu.df.gob.mx
[14] Gerardo De la Concha. La Razón de México. razon.com.mx
[15] Andrea Martínez Baracs remite a los Papeles de Guillén de Lampart, Colección Conway, Biblioteca Cervantina, Patrimonio Cultural, ITESM.
[16] “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas.” Andrea Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera edición, 2012.
[17] Ídem. 
[18] El País. Jordi Soler 27 de noviembre de 2005
[19] Andrea Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera edición, 2012.
[20] Curiosamente el hecho y el personaje quedan fuera de la abigarrada, documentada e interesante biografía del ministro español Gaspar de Guzmán y Pimentel Ribera y Velasco de Tovar conde-duque de Olivares (Roma, 6 de enero de 1587 - Toro, 22 de julio de 1645), realizada por J. H. Elliot, en la sexta edición de Editorial Crítica, S. A. noviembre de 1991.
[21] La sentencia completa del proceso se encuentra reproducida al final del segundo tomo de la novela de Vicente Riva Palacio, Memorias de un impostor; don Guillén de Lampart, Rey de México, edición y prólogo de Antonio Castro Leal, México, Porrúa, 1976. Esta declaración final, pp. 343-344.
[22] Doralicia Carmona: Memoria Política de México. memoriapoliticademexico.org
[23] Ídem.
[24] Remite a: Gabriel Méndez Plancarte, Don Guillén de Lámport y su «Regio Salterio»- ms. Latino inédito de 1655, estudio, selección, versión castellana y notas del doctor..., México, Ábside, 1948.  
[25] Remite con nota 3 a pie de página: Olivia Isidro Vázquez, Himnos novohispanos del siglo XVII: Regium Psalterium Guillielmi Lombardi, tesis de licenciatura en Letras Clásicas, unam-ffyl, 2011
[26] “Don Guillén de Lampart, hijo de sus hazañas.” Andrea Martínez Baracs. Centzontle. FCE. Primera edición, 2012.
[27] Jean Cauvin, latinizado como Calvinus. Noyon, 10 de julio de 1509 – Ginebra, 27 de mayo de 1564.
[28] Jan Hus o Jan Huss o Jan de Hussenitz. Hussenitz. Reino de Bohemia, c. 1370 - Constanza, Sacro Imperio Romano Germánico, 6 de julio de 1415.
[29] John Wyclif o Wiclef o Wycliff o Wickliffe. (¿?) Hipswell, Reino Unido - 30 de diciembre de 1384, Lutterworth, Reino Unido.
[30] Nacido Luder, cambió a Martin Luther. Eisleben, Alemania, 10 de noviembre de 1483 –18 de febrero de 1546.
[31] Doralicia Carmona: Memoria Política de México. memoriapoliticademexico.org
[32] Ídem.
[33] Nieto de don Vicente Guerrero. Fue el defensor de Maximiliano de Habsburgo tras su derrota en Querétaro.
[34] Los orígenes de El Zorro. El País. Jordi Soler 27 de noviembre de 2005.

 




 

Proclama de Guillén de Lampart


(Tomado de http://bdmx.mx Biblioteca Digital Mexicana. El derecho ilegítimo a dichos reinos. Causas para deponer al de Castilla y elegir nuevo rey.) Manuscrito Patrimonio Cultural del Tecnológico de Monterrey.)


Guillén de Lampart, "Proclama por la liberación de la Nueva España de la sujeción a la Corona de Castilla y sublevación de sus naturales"
1640-1642, Guillén de Lampart
El irlandés Guillén de Lampart (1611-1659) murió en la hoguera en la ciudad de México, por haber desafiado la Inquisición y haber intentado levantar un movimiento insurreccional en la Nueva España, para separarla de la Corona de Castilla y emancipar a indios, esclavos y  castas.
Al ser capturado en 1642, el tribunal de la inquisición le sustrajo sus papeles personales, entre los cuales se halló la proclama que lo inculpaba como sedicioso.
En los tiempos de la conquista los sabios indígenas y los humanistas españoles discutieron la legitimidad de la dominación española de Mesoamérica. Esa discusión regresó solamente casi tres siglos después, con el movimiento de Independencia, y de forma tamizada y gradual. En medio de ese océano temporal, Guillén de Lampart tuvo el inmenso mérito de plantear, solitario y fuera de contexto, el asunto de la legitimidad de la dominación española, de manera abierta; de idear un nuevo régimen con la elevación de la nobleza indígena al rango de la española, la liberación de los esclavos, y una igualdad de oportunidades que reaparecerá en los idearios de la Independencia; de concebir una insurrección con sus hipotéticas implicaciones internacionales, y planearla con crudeza, con un sistema de castigos y recompensas a los diversos grupos poblacionales.
Esta es la primera vez que se publica en forma íntegra. Sólo unos pocos fragmentos de ella aparecieron en una publicación de 1948 (1).
La colección Conway
La colección Conway de papeles de Guillén de Lampart, preservada en la Biblioteca Cervantina del ITESM, consiste en el archivo privado del irlandés, contenido hasta su captura en un baúl pequeño de Mechoacán y posteriormente integrado a su expediente en el tribunal de la Inquisición. Ahí permaneció hasta que fue sustraído, en algún momento del siglo XIX. Fue recuperado por Lord Conway, quien lo donó a la Biblioteca Cervantina.
El documento original no lleva título, éste ha sido elegido por la BDMx.
Paleografía: Larisa González (Biblioteca del Tecnológico de Monterrey, Campus Monterrey) y Andrea Martínez, normalizada en su ortografía y puntuación.
Referencia: Biblioteca Cervantina, Colección Conway, ff. 40r-47v.
LA IMAGEN DEL DOCUMENTO INCLUYE SU TRANSCRIPCIÓN.
(1)     Don Guillén de Lámport y su Regio Salterio. Manuscrito latino inédito de 1655. Estudio, selección, versión y notas de Gabriel Méndez Plancarte. Ábside, México, 1948. Sobre la proclama de Lampart, ver páginas 20-23 y 100-101.)


 [f. 40 r] Por cuanto Dios nuestro señor, compasivo de nuestros duelos inhumanos y misericordioso con los que afligidos invocan su divino amparo, ha sido servido con dolo, atento a las justas y piadosas exclamaciones de estos avasallados y rendidos reinos, cuya posesión inicua y conquista injusta, ha mas de ciento y veinte años tiranamente tenía usurpado la corona de Castilla, sin más justificación que el pretexto de introducir nuestra santa fe católica en ellos, lo que en ninguna ley positiva divina ni humana se pudo practicar, pues la creencia no supone premio temporal en su predicación, sino eterno, ni puede el gentil ser apremiado con pérdida de sus estados a que se convierta, si él espontáneamente no escucha el divino auxilio, como lo hicieron los apóstoles, sin quitar ni despojar con ese título (caso que resistieran) a nadie de los bienes suyos, mucho menos no resistiendo ni oponiéndose a su conversión como los antiguos naturales no lo hicieron, pues siendo de iure gentium dichos gentiles tan dueños en lo temporal de lo que es suyo, como los cristianos, sin embargo los primeros conquistadores, sin atención a la poca justificación y sin temor de Dios, les privaron violentamente de lo que no podían, con poca seguridad de sus conciencias, reduciéndolos al obsequio injurioso de un príncipe cuya distancia les ha prohibido todo consuelo, y (acumulo) toda inhumanidad. Y aun estando a la vista de los suyos (que legítimamente lo son), se han rebelado con buenas causas, y han procurado y deliberado por mejor morir de una vez en su restitución y libertad, que vivir apremiados, tiranizados y supeditados, segun se ha visto en los reinos de Portugal, Cataluña, Navarra, y Viscaya.
Y siendo las injusticias que padecen estos reinos, los que en substancia y verdad no son suyos, ni tiene acción legitimada alguna a ellos, más que con poder intruso adquiridos, y siendo las extorsiones de acá mucho mas indefensas, colmadas y gravosas, las de allá las extorsiones allá cometidas, como al fin en reinos tan remotos y tan usurpados, con más razón no sólo pueden, sino deben, estos reinos como más oprimidos y ajenos, sublevarse en la mejor forma y vía que pudieren, como agora, por la misericordia infinita de Dios y socorro de los buenos y leales a la patria, se ha hecho se procura y se pretende hacer.
Además que la misma causa en la primera sujeción de estos reinos a la corona de Castilla, proclama según queda dicho al cielo por injusta, también lo demuestran los mismos hechos en tantos años malogrados, [f. 40 v] por que tantos tesoros que los dichos reyes han adquirido hasta hoy, tantos logros e intereses que los tratantes han usurpado con tantos riesgos, tantas rentas, vasallos, posesiones de los primeros conquistadores, ¿qué fin, qué reinos, qué medros se han visto por justos juicios de Dios alcanzados? Ningunos, antes mendigan dichos conquistadores y sus descendientes, atenidos a que los virreyes les provean el mas vil oficio de justicia que hay en dichos reinos sólo porque no mueran de hambre y aún eso no alcanzarán. Las flotas, perdidas las más veces, y cuando hayan llegado a España, más dueños son los reinos extranjeros que los españoles que lo beneficiaron; y de esto el mundo es testigo. Ni lo que hoy en dia han afanado los padres, llegan a gozar los hijos, por haberse fundado sobre cimientos ajenos y violentamente usurpados.
Y a estas razones se allega otra, no de menos eficacia y evidencia: que es que, por lo mesmo tiranamente poseido, forzosamente habrán incurrido no solo los reyes de Castilla sino los dichos conquistadores y moradores de estos reinos, excomunión del cielo in fo… interiori, aunque no fuese expresamente fulminada contra ellos, a lo menos tácitamente cayeron en la censura como los que usurpan, hurtan o retienen contra la voluntad de sus dueños lo que es ajeno. Además apenas hay persona en estos reinos que no vive por sí y por lo común descomulgado por sí, como retenedores de bienes y sacrilegios, robos o deudas, que cada día incurren en dichas censuras, sin género de escrúpulo en la restitución por lo común.
Fuera de lo alegado, desde la violencia execrada de los virreyes y atrevidos amagos suyos y por consiguiente del vulgo, y sus secuaces, en oponerse a los santos arzobispos y atreverse a quebrantar los fueros y las inmunidades de las iglesias, con suma irreverencia y desacato a Dios y a su Iglesia y santos ministros.
Por cuyas causas y motivos será forzoso acudamos luego a Su Santidad, como hijos fieles y obedientes suyos, dándole lo uno la obediencia debida, y lo otro suplicándole nos absuelva de dichas censuras y excomuniones generalmente y a todo el reino, que estando en gracia y privanza con Dios, toda nuestra monarquía y aciertos tendrán dichoso fin y florido aliento.
Prevista ya la tirana posesión e injusta de la Corona de Castilla, y su lábil acción a estos reinos por via de poder intruso (causa más que urgente) para poner en ejecución y práctica cualquier celoso caballero su restauración y restitución, y adjudicarlo a los que tienen voto para elegirle espontáneamente por su príncipe, que los gobierne en paz y los defienda en guerra, y los premie en ambos.
También hay [f. 41r] otros fundamentos, casi tan precisos y aun más, para obligar a todos a deponer los reyes de Castilla de estos reinos, admitido ya que fuesen legítimos poseedores de ellos, lo que nunca fueron ni podrán ser, aun haciendo la misma deligencia que agora nosotros, porque siempre en lo moral se reputara por violenta (como los que mandan) cualquiera deligencia aparente que hicieran. Y es cierto que si dejara en la elección libre de los naturales de estos reinos el escogerlos, o no, de nuevo por su Rey; caso que echaran mano de otro, procurarán de nuevo sujetarlos por armas y quedando siempre en pie su injusticia. Lo que en nosotros no tiene verosímil ni consistencia igual, por cuanto mediante el consentimiento de los propios naturales, que son los que solamente en esta elección tienen voto substancial como propietarios, y todos los demás son no más que accidentales, y adyacentes, seremos elegidos con toda equidad y espontáneo consentimiento general, dándonos la posesión y el dominio como en agradecimiento de restituirles a su libertad y a su derecho antiguo.
Además de las causas relatadas en oposición tan evidente de la retinencia actual de estos reinos en la corona de Castilla, también militan otros absurdos que cualquiera de ellos es bastante [para] anular el derecho, si lo tuviere, muy justificado. Pues estos míseros vasallos viven reducidos a tan mortal dolencia de servidumbre, que el que más libre le parece es más cautivo, entre tantas pensiones envuelto, y sujeto a tantas calamidades de la codicia, honor, poderío y agravios. Tomemos el origen de los santos eclesiásticos y religiosos tan ofendidos cuanto quejosos, pues carecen del premio que sus letras, méritos, sangre y santidad merecen, lo uno por lo remoto, lo otro por el logro y simonía que contra el derecho positivo divino y humano se recibe en la provisión de dignidades eclesiásticas sin atención a los méritos, a que se allega el sentimiento universal a todos los de sangre noble, de virtud adquirida, de letras eminentes, por verse defraudados de lo que con toda equidad les tocaba, y aun los mismos enteresados a veces desesperan en lo que con tantas ansias y solicitud de tiempo y dineros alcanzan, por la dilación grande en la corte de España y luego la espera forzosa de la confirmación y títulos de Su Santidad, lo que agora se remedia, pues con solo el despacho de Su Santidad y nuestro nombramiento se alcanza conforme los méritos y calidad de cada uno.
Los seculares y conquistadores totalmente exhaustos y mendigos, sin nombre, premio ni honor por sus hazañas, supeditados de los más abatidos logreros, con la diferencia del tesoro e interés, sin que la nobleza ni virtud halle el abrigo que el cielo y los españoles [f. 41 v] políticos ordenan. Los republicanos consumidos entre funestos duelos, pues les tienen impedido el trato en otros reinos, con embargos, contrabandos y penas capitales, y cerrado menos que sea con España donde forzosamente obligan, y la misma necesidad constriñe se compre por mil lo que apenas vale uno. Puesto estar privados de otro consuelo, y aun si en estas vejaciones y tiranías pararan los desdichas, fueran mas tolerables, antes el poco trato concedido está cargado con tantas gavelas de tributos, pechos, alcabalas, y otros millares de dolores, reducidos ya los pueblos a tanta calamidad, desnudez y hambre que ya boquean desesperados, mudos y atónitos en sus miserias lastimosas. La justicia y puestos honorificos de la república (tirania jamás antes vista, ni oída), en venta y puesta, despojado el limpio, recto, y benemérito vasallo de lo que las leyes y la misma republica estableció para su premio, y consentió que los reyes de Castilla, como administradores, los repartiesen a los beneméritos no como propio sino común a todos, entendiendo que no se redujera a tiranía lo que era de justicia.
También las audiencias, y la equidad de ellos por la tolerancia y soberbia, por el logro y la codicia de algunos ministros de ellos, se han reducido en todos estos reinos a behetrías, cohecho y poder insufrible, sin que el pobre ni desvalido alcance ningún consuelo, porque sólo el poderoso es el amparado: el latrocinio, la maldad, el vicio, el sacrilegio defendido, y si el hurto no es importante a desperdiciar cohechos, muere no por lo que hurtó, sino por lo poco, pues no alcanzó para repartirse entre los jueces interesados.
La inocencia por cárceles, fugas, retraimientos y molestias perseguida. La pasión con dibujo de cristiandad y celo paliada. El desagravio ni la justicia contra quien gobierna sin remedio en su apelación, porque aunque se llegue la queja y antes que se oiga el dolor, y después de substanciado el duelo, se compra y se rescata con el cohecho. Todo el reino entre tributos, desperdicios, gavelas y vicios submergido y anegado. Todo es confusión, incendio, alboroto, tiranía y crueldad impía. Las sangrías exorbitantes que cada flota de veinte, de diez y ocho, de quince millones cuando menos, se entresacan de los reinos a los de España, dejándolos unos sin substancia, y no augmentando a los otros en ninguna contingencia. Que retenido tan extendido tesoro entre nosotros, aunque sea tarde, viviremos los mas poderosos del orbe, pues dejando el comercio libre a todas las naciones, sobraran azogues y otros géneros. Que son muy pocos los que nos faltan, puesto que vino, aceite y otras menudencias se dan mejor en estos reinos que en otros ningunos. Las sedas se augmentarán negado el trato con Castilla y aplicaránse los ociosos al trabajo en este y otros [f. 42r] infinitos  géneros que por Castilla se prohiben. Además que será forzoso que China tenga su comercio en pie, pues es Castilla más enteresada en eso que nosotros, por la plata y prevención de pólvora y munición, que su costa se le entregará en cambio por sus sedas. Fuera de que mandaremos armar naos que traginen a otra ciudades de China no sujetas a Castilla, y será doblado el logro y la ganancia y la total ruina de Filipinas si nos niega el comercio. Y con esto hasta las calles públicas bañarán en plata y riquezas. Y para nuestro patrocinio y defensa, nosotros solos somos bastantes contra el poder del orbe mediante el divino auxilio, sin el amparo de otro alguno de la Europa. Y dado que intentara el de Castilla reiterar su injusta pretención en recobrar estos reinos, el de Francia, Inglaterra y el portugués, sólo por darles paso libre al contrato con nosotros, tienen capitulado socorro cuando sintieren cualquier movimiento leve en España. Lo mesmo Venecia y Holanda, con que descansadamente podremos vivir sin ningun recelo. Y cuando todos negaran (lo que fuera imposible) el ayudarnos, nuestras propias fuerzas tan unidas y con tres presidios solos defendemos la mayor parte del orbe todo.
Y lo que ayudó mucho al precipicio total hasta agora son los alaridos, quejas y lágrimas de estos pobres naturales, así caciques y principales como republicanos y plebeyos, que no sólo viven despojados de sus haciendas, posesiones y tierras, sino míseramente tiranizados y condenados a repartimientos, como si fuesen no libres, sino esclavos de los esclavos mismos, que también les señorean; y expuestos a feudos y tributos viles, obligándoles por vía de fuerza, sin pagarles el trabajo corporal (siquiera), a que en minas, labores, desagües, haciendas, trapiches, perpetuamente sirvan, sin consentirles que sean señores de lo que a ellos solos les tocaba, antes se han rendido al trabajo. Qué pena de tanta tiranía, habiéndose muerto y consumido más de doscientos millones de ellos desde la conquista, lo que ningún piadoso pecho podrá escuchar sin enternecerse del ahogo grave: debiendo en toda buena razón ser ellos señores a lo menos igualmente con nosotros, ya que no mayores, pues es suyo el reino.
La mesma aflicción y pena causa la tirana esclavitud de tanto número de negros, mulatos, berberiscos y otros infinitos ramos que penden de estos troncos, cuyo derecho de naturaleza está usurpado, con poco temor de Dios, por los españoles, pues de libres que los crió Dios, les reducen a la mísera esclavitud y servidumbre, pena la más fatal, pues antepónese la libertad mas dulce y amable de la misma vida, igualándolos con los brutos ani [f. 42 v] males en el aprecio y maltrato, siendo como son criados y redimidos y capaces de la misma gloria como nosotros; y siendo asimesmo cristianos y miembros católicos de la iglesia, están privados de lo que es más estimable que la vida el vivir, que es la libertad y por consiguiente es lo que más vale. Lo que también Y esto bien y forzosamente aclama y conmueve la piedad divina a que alguna vez se apiade de su aflicción severa y esclavitud tan dilatada, condoliéndose de tantos afanes y sirviéndose de mitigar tantas y tan colmadas penas, libertando estos reinos y vasallos, de estas y otras infinitas tiranías como agora se pretende y se ejecuta.
Por tanto Dios nuestro señor, por cuya mano y poder infinito son elegidos los príncipes y son nombrados los reyes sin atención a los linajes ni prosapias sino a los incomprehensibles secretos suyos, pues entre los étnicos y gentiles tenemos ejemplares vivos de esto mesmo, que sólo en lo moral de sus acciones pudieran alcanzar premio temporal y no eterno. ¿No subió de esclavo la fortuna a emperador a Pertinax? Marino y Máximo, no alcanzaron el cetro siendo herradores? No fue Filipo emperador, habiendo sido antes ban-[ilegible] del arado? ¿Al imperio no se levantaron los toscos pero valientes emperadores Aurelio, Maximino y Hércules? Valentiniano y Valente, hijos de padre cordonero, no señorearon el imperio romano? ¿No fueron dueños de la diadema Justino y Justiniano, los dos bueyeros? Mauricio y Teodorico, emperadores, no fue notario aquél, tendero ese otro? Isaurico, Traulo, Basileo, Macedonio, todos de humilde aliento pero dueños del orbe por su virtud y ajustado gobierno? y con otros infinitos.
Luego dado que en nos no concurriera tan heroica sangre como hoy blasonan los reyes, poco importara, mientras el cielo con su poderosa mano y nuestra virtud alcanzara el remedio pretendido. Cuanto y más teniendo como tenemos embebecido en nuestras venas por linea paterna y materna la más real sangre de los reyes de la Europa, siendo hijo supuesto de los ilustres y heroicos barones de Guesfordia, cuya real prosapia desciende de los reyes godos, longobardos y iberos, princes rey de la Viscaya. Pero soy hijo verdadero del serenísimo príncipe y señor don Felipe tercero, que Dios haya, y de la ilustre señora condesa de Riff, que pasó con el barón su marido a la corte el año de mil y seiscientos y trece, que condujo a su costa mil infantes irlandeses a España y pasó con ellos a Flandes donde, volviendo a Madrid con su esposa, fue Dios servido llevarle para sí en el camino, habiendo sido casado antes con la Ilustre señora condesa de Media, dejando a mi madre de pocos años, y de peregrina beldad [f. 43 r]  llegó a la corte viuda, y pidiendo licencia de volver a su patria Su Majestad el rey mi señor se enamoró de su hermosura, con tan honesto recato que nunca fue sabido sino con gran secreto, como al fin amor de semejantes príncipes.
De cuyo vínculo estrecho naci yo, año y medio después de muerto el barón tenido por mi padre, que por el honor que se incubriese salió de España y parió en Irlanda, recibiendo cartas amorosas cada dos meses de Su Majestad recomendando mucho la persona de su hijo, que deseaba ver tiernamente, diciendo que si acaso Dios le hubiera llevado antes de tener ya edad yo para verle me viese, que encargaría mucho mi persona y le comunicaría de secreto (como por los efectos hizo) al príncipe su hijo el rey Felipe Cuarto, para que entendiese la hermandad y la obligación, y me tuviese en igual respeto que los demás hermanos, atendiendo a la real e ilustre sangre no sólo de mi padre sino de mi madre.
Y fue dios servido llevar para sí a los cinco años de mi edad al Rey mi señor, y llegando yo a edad de nueve años me envió mi madre y señora a otros reinos (como es uso y costumbre de los grandes señores) a aprender varias lenguas. Y pediéndola con todo secreto mi hermano el rey Felipe cuarto que me remitiese a España en conformidad de lo que le había comunicado el rey su mi padre y señor en su enfermedad de muerte. En cuya conformidad, pasando yo por Francia y embarcándome desde la ciudad de San Malos, me cogió el enemigo pirata, y entendiendo por algún camino quién yo era, a lo menos de parte materna por relación de los de la nao, me hizo general de sus cuatro galeones, de edad de catorce años y menos. Y gasté dos años y medio en ese género de vida forzada, hasta que los reduje al servicio de la corona de España en el puerto del Dean en el reino de Galicia, y llevándolos al santo oficio de la inquisicion de Santiago fueron absueltos de sus herejías (los que lo eran) sirviendo yo de intérprete para confesarlos y enseñarles en persona la cristiana doctrina, que eran cuatrocientos y cincuenta y dos personas y cuatro galeones con treinta y dos piezas de artillería cada uno uno con otro.
Y sabiendo Su Majestad la persona que había llamado quién yo era, ignorándolo yo hasta el año de treinta y dos que mi madre y señora me lo envió a decir con el príncipe de Vetonia mi tío, siendo colegial mayor ya en el real y milagroso de San Lorenzo, habiéndolo sido antes en el de los niños nobles del hábito de Cristo, el cual me mandó con todo sigilo que guardase mi secreto hasta que el Rey mi hermano lo publicase, con los favores que empezó a hacerme como lo hizo hasta hoy, y me dio las cartas de mi madre y señora con algunas para ella en esa conformidad del Rey mi padre, que hoy guarda el dicho mi tío el príncipe de Vetonia del consejo de guerra de Su Majestad, de la llave dorada del hábito de Calatrava, comendador de Carrión, mayordomo de Su Majestad y maese de campo de un tercio de irlandeses en la  [f. 43v] ocasión de Fuenterrabía y otros. Y viendo Su Majestad los medios a mi alcance o por ponerme a riesgos de la fortuna, me mandó salir de mi colegio y acompañar al infante cardenal a Flandes, visto mi estudio y experiencia en materia de fortificación y escuadras. Obedecí, y marchando saliendo de Milán [ilegible] do del infante mi hermano, no por noticia de mi persona nuestro parentezco sino por natural simpatía de los dos, y semejanza en todo; y porque también mis talentos ayudaban me honrase cuando otros títulos me faltaran. Llegamos a Norlenga donde nos aguardó el enemigo el rey de Suecia y los confederados heréticos de Alemania. Juntose con nosotros en rey de Hungría y emperador de Alemania. Y estando para dar batalla aquel día, dispuse yo los escuadrones con el padre Gamoso de la Compañía de Jesús mi maestro en las matemáticas, de donde se siguió ganar la más célebre victoria oida ni alcanzada, matando veinte y dos mil enemigos con pérdida de doscientos hombres solos. A la la vuelta de España, antes que llegué, me envió orden Su Majestad de pasar con embajada a Venecia. Obedecí, no me [palabra ilegible] –ron por mozo, volví, entregáronme los papeles de estado y la privanza del conde duque.
Hice prodigiosos servicios en lo secreto del estado, levanto a mi costa doscientos infantes, bajo a Fuenterrabía a mi costa, entro con el primer socorro de doscientos infantes estando cercado con veinte y siete mil enemigos, hago salidas, asisto en todo, vuelvo a la corte, recibo (entre otras muchos embajadas para oirlos por orden de Su Majestad) la embajada de los príncipes y señores católicos de Irlanda piden socorro de Su Majestad para sacudirse del yugo tirano del inglés, vista la buena ocasión de la rebelión de Escocia. Juntose dos de cada consejo sobre el caso, que se propagó por mayor para mayor secreto. No saben dar salida a tan defícil empeño, aflígese el Rey, y pido que a mí solo se remita, como se hizo. Despuse el negocio igualmente grato a ambos reinos, y en la forma accidental de anticiparse ellos con las instrucciones políticas, que ellos mismos, vista la ocasión tan despuesta y próspera, se levantaron sin ayudarse del Rey. Entonces me hizo [ilegible] dilatados de dos títulos de maese de campo y otras muchas infinitos [ilegible], así hábitos como títulos de capitán y ayudas de costa, calidades y condiciones grandes, etcétera. Y había de salir yo en persona a levantar dos mil y cuatrocientos irlandeses para lo despuesto en secreto.
Suspendió Su Majestad mi ida, y en vez de acabar de descubrir mi persona, cuando no hubiera merecido por mi sangre sino por hazañas tan portentosas hazañas en mis tiernos años, me desterró a estos reinos, seguiendo la razón de estado del conde duque, con achaque de que informó el marqués de Cadereyta que esta ciudad estaba rebelada y que importaría mucho mi persona para lo que se ofreciere [f. 44 r]  con todo secreto y esto sin que nadie lo entendiese, y pasase como otro cualquier postajero con la disimulación y recato que convenía a la recomendación de Su Majestad, con dos fines: el uno para informar del estado de entonces: y el otro de la prosecución y del gobierno del marqués de Villena. Y todo era no más que pretexto para deslumbrarme de no llegar a conocer mi igualdad, ni que tuviese ocasión para que nadie me lo dijese, pues temían mis aplausos, mis hazañas, mis aciertos, mis talentos en materias del estado, mis ardides en la guerra, y todo junto con la alteza de mi sangre pudiera urdir algún desconcierto, y más habiendo recibido yo tan notorios agravios en privarme tantos años de los privilegios y grandeza que me tocaban. Y esto por antojo y capricho de solamente dos. Como el príncipe Segismundo había padecido antes aún con su propio padre, crédulo de los astros, lo que después se verificó seguro pues se vengó de él, venciéndole y desposeyéndole del reino justamente en recompensa del agravio recibido, porque le negó el ser que él mismo le había dado, porque le fue pronosticado había de vencerle y rendirle a sus plantas. Que a no haber dado la ocasión el padre, nunca la hubiera ejecutado el hijo.
Fundados pues el rey y el conde duque en esa lábil e inconstante razón de estado, y yo de la otra parte paciente, sufrido, y disimulando hasta que, apiadándose de mi opresión y agravio el cielo. Jamás he dado que entiendan sino que soy quien dicen mis informaciones mandadas hacer por Su Majestad cuando entré en dichos colegios.
Después que llegué a estos reinos, sin haberse Su Majestad lastimado de mis fatigas siempre tan obedientes, y sin cuidar aún de mi natural sustento, mucho menos de mi lucimiento, que contradice en su opinión y en la mía con mi empleo, he padecido los más colmados duelos no digo que príncipe ha sufrido, sino el más anichilado esclavo, sin atreverme a formar mi queja ni mi penuria a nadie, ni tampoco darme a conocer más que lo que mis méritos naturales pregonan, y eso a muy pocos, porque todos se admiran de mis prendas acreditadas con mi poco premio. Que si el conde ha intentado que imite yo los pasos de su don Julián, está muy engañado y ha de saber vive con engaño y sepa la grande diferencia que hay de príncipe a vasallo avillanado, habido de otro vasallo en mujer casada de sangre baja, y él casado con otra de su porte y divorciado sin equidad por el brazo de quien priva; que a tanto se atreve a mi me entierre tan oprimido y aun muerto como a don Carlos, si el suyo [f. 44 v] que estaba yo capaz de mi dicha y sangre y si yo no hubiera lo que he disimulado con tanto valor en mi propio ahogo en los y agravios recibidos de aquel tirano, y mi hermano el Rey (que lo es igual) pues pudiendo y debiendo, no lo quiso remediar, y debiéndome remedió, antes [ilegible] ofensivo a su grandeza y [ilegible] a su persona, habiéndome hecho tan amable en su servicio como si hubiera nacido sin obligaciones, por sólo darle gusto solamente. Aquí es la universal ruina de todos: de que una y otra vez a vosotros vasallos pido os apiadéis no de mí, aunque la misma causa os lo pide, sino de vosotros mismos que corréis igual fortuna y peligráis en igual diferencia.
Y habiendo yo informado de la paz y serenidad de los reinos, y del agravio hecho a tan leales vasallos en el informe siniestro del marqués de Cadereyta, intendiendo que el rey había de mostrarse agradecido a estos reinos en honrarlos, apenas proveyó una carta de consuelo y satisfacción de su seguridad, lo que claro está causaría a todos no digo desconsuelo, sino desesperación contínua, conforme mi amor a vasallos tan dóciles y tan liberales, según aborrece mi natural ver tiranías, injusticias ni absurdos, avisé del intempestivo gobierno del marqués de Villena con todo rigor y esfuerzo. Conseguí los intentos que deliberé en lo político de mi razón de estado, fundado siempre en la justificación de las causas e intentos sanos, juzgando lo uno merecía el despojarle del gobierno; lo otro, estando él en posesión como quien vendía tantos ahogos patrocinios, me fuera más defícil asegurar a vista de su ejercicio mis intentos y vuestros desahogos. Porque parece se inclinaba con previas disposiciones a anticiparse; aunque ni tendría ánimo, valor, prudencia ni consejo para emprender negocio tan defícil y arduo, como quien ignoraba lo uno, la acción de Castilla a estos ayunos; y lo otro, como quien estaba más honrado que agraviado con estos ayunos con el la posesión de este gobierno. Y como al fin me lastime ver que afligiese también a los vasallos de estos reinos, y no tenía la acción inmediata de mi sangre para la empresa, antes quizá le acobardaba la ausencia de su hijo y el recelo de la pérdida de sus estados, caso que su dicha no conseguiera lo que el cielo tenía para mí guardado.
Esto presupuesto, ya véis que los virreyes nuevos cada uno como gente limitada procura agradar a mi hermano con tiranizaros más, y cada dia irá en disminución vuestra grandeza, y cuanto más dilatáis vuestra libertad, tanto más os arrimáis al precipicio. Y aunque en el último aviso el Rey me escribió con su mano y letra y en el penúltimo lo mesmo, y el conde duque y su [f. 45 r] se   cretario Pedro López de Calo en respuesta de las anteriores mías y en conformidad de nuevas ocurrencias me dieron cuenta, o para animarme a vivir desterrado, o para deslumbrarme más, de cómo me habían hecho marqués de Cropani, título en Italia y superviviente de los asientos reales, puestos para quien no naciera igual, y mejor que el infante don Juan de Austria, y con mucho mayores ventajas de la parte materna, como al fin igual con las princesas de mayor calidad. Luego este mismo agasajo no sirve de mayor afrenta y agravio mio, y de mayor desperdicio del veneno descubierto de tan poderosos enemigos nuestros?
En cuya consecuencia el cielo fue servido inspirar ánimos y darme fuerzas y vigor, y prudencia para disimular tan atroces agravios, hasta este tiempo en que por divino y soberano impulso, y por medios y auxilios del cielo celestiales, he dispuesto tomar las armas, y con ellas por la vía más pacífica y piadosa posible, sacudir el grave yugo y tiranía que padecen estos reinos, dando libertad a todo género de oprimidos y relevando a todos de cualesquiera opresión que padecieren, en la forma y manera con las calidades y previlegios que se siguen.
Y porque ante todas cosas es bien afianzar en Dios nuestros intentos buenos, protestamos vivir y morir en la santa fe católica de nuestro señor Jesucristo Dios y hombre verdadero, rindiendo con toda reverencia nuestros cuellos al suave yugo de su ley sacrosanta que profesa la santa madre iglesia católica apostólica romana. Y en su nombre prestamos la debida obediencia a su vicario nuestro muy santo padre Urbano Octavo, pontífice máximo que Dios guarde, según y como nuestros predecesores catoliquísimos en tantos siglos han hecho, reverenciando así mesmo en esa parte al santo oficio de la Inquisición, confirmando y corroborando su santo instituto para siempre jamás en estos reinos, a cuyo santo tribunal en nombre de la iglesia haremos voto solemne de defender hasta la muerte con todos nuestros reinos la santa fe católica. Y nuestros sucesores han de hacer y cumplir lo mesmo, so pena de ser privados de los reinos y de la acción hereditaria a ellos mediante la espontánea elección por voz común de todos.
Lo segundo, porque juzgamos, y es cierto que para tener legitimada posesión, y derecho sin escrúpulo, nos y nuestros herederos, es necesario vencer y libertar estos reinos y vasallos por fuerza de armas, los cuales reducidos a pacífica unión y vasallos [f. 45 v]
Que aunque en estas materias nadie podemos admitir mejor, habiendo cuenta nuestra larga experiencia en negocios de gobierno todavía, para mayor acierto en todo, deseo haya consentimiento y comunicación de los interesados mismos, pues será fuerza que lo miren con el mismo celo y lo voten con el mismo aliento.]
[ilegible] líquido y seguro protestamos juntar cortes para que, visto por conveniente y necesario, en remuneración y premio de nuestro trabajo y con atención a nuestro valor, nos elijan por su Rey y príncipe y a nuestros sucesores, o al que mejor les pareciere, con advertencia que en dichas cortes igualmente han de tener voz y voto los naturales, y los libertados, como los españoles.
Lo tercero. Hacemos notorio a todos que desde luego mandamos publicar y publicamos que en adelante sean desmembrados y apartados de la corona de Castilla todos estos reinos de la gran América y sus adyacentes, sin obedecer a otro príncipe que al que fuere elegido a su tiempo, so pena de incurrir la indignación sonora. Y en esta conformidad al presente mandamos revocar y revocamos, y anulamos todo género de tributos, pechos, alcabalas y nuevas imposiciones, dejando a la voluntad de todos, una nueva orden suave y moderada de derechos reales para la defensa general de todos y lucimiento de su príncipe, y por agora libre lo realengo y los caídos para las defensas de todos.
(sic ¿Lo curto?). Asimesmo absolvemos esta ciudad de México (caso no se oponga a su libertad) de todo género de alcance que tuviere y que debiere, así ella como los particulares y asentistas, y corran en lo adelante fijos, menos que sean imposiciones, de que la hemos relevado para siempre jamás. El comercio sea libre y sin derechos sino en la forma dicha, todo cuanto no fuere gravoso vaya corrientemente, diezmos y quintos de minas, y lo que el consulado y la ciudad nombre del reino juzgaren por conveniente, encargándoles sea muy moderado. Que también dispongan el consulado y la ciudad leyes de buen contrato y gobierno, y con qué naciones parece conveniente? Y enteresable que nombren y propongan embajadores para Roma, Francia, Venecia, Holanda, Portugal, y Irlanda. El tributo de los naturales se suspenda luego, y de los demás comprehendidos no haya repartimientos, pero no cesen de trabajar para sustentarse y a la república así españoles como ellos como españoles y demás gente, so pena de la indignación y castigo nuestro. Y los que tuvieren dependencia con España en el comercio y correspondencia, lo prosigan por la mejor vía que pudieren, caso fuere necesario y provechoso, por no defraudar a nadie ni ser defraudados. Pero no ha de haber nadie que de hecho pueda recibir cargazón de allá, ni enviarlo tampoco, que la que hubiere sea por via de cambios y no más. Y esto podrá ser por mano de las demás naciones que contrataren con nosotros, o por la de los peruleros porque no falten restituciones de una y otra parte.
[f. 46 r] (sic. ¿Lo quinto? Lo cuarto. Sean luego al punto libres cuantos esclavos hubieren en estos reinos si ellos se que se levantaren para su defensa y libertad, los cuales sin eximir a nadie de ninguna condición ni calidad de ellos, agora sea bozal, agora ladino, en adelante conforme sus servicios y hazañas será tan capaz de premios, títulos, encomiendas, hábitos, señoríos y oficios así de mar como de tierra, así dela república como del gobierno, como los mismos españoles, y conforme el ingenio y la aplicación de los demás que se aplicaren a cultivar la tierra y ser labradores se les dará tierra y lo necesario, haciéndoles señores libres de ello.
Lo sexto. Que los españoles que desde luego con sus personas, séquito y esclavos, salieren al augmento y defensa de su libertad, no solo quedarán en posesión de los estados, haciendas, posesiones que hoy tienen, sino que también, aunque dichos esclavos sean libres por nuestro edicto y su propio valor, se les ha de dar no sólo equivalente satisfacción de sus esclavos ya libres, sino mucho más aventajada, fuera del premio que merecieren dichos españoles en cualquiera cosa o forma que pidieren.
Lo séptimo. Que los esclavos y aun libres de este género que luego al punto no se pusieran en armas a la voz de la libertad para siempre jamás lo sean ellos, sus hijos, descendientes y posteridad, sin que haya rescate ni cláusula de testamento que los pueda libertar, los cuales se irán comprando por nos y nuestros sucesores, aplicándoles para minas, obrajes, labores, haciendas y otras obras serviles, pagándonos por su trabajo personal, con que serán dejados a nuestros sucesores como cosa realenga por vínculo de mayorazgo de la Corona.
Lo octavo. Los españoles de cualquiera condición o calidad que sean, que no sólo no se oponen, sino que personalmente no ayuden actos que en la ocasión se hallaren a esta justificada libertad de todos, sean reputados y tenidos por miembros viles, y desposeídos de toda cuanta hacienda, puestos, dignidades, fueros, previlegios, y tenidos por incapaces de ningun premio, como hoy tienen ellos a los esclavos, y que sus hijos y descendientes sean tenidos por inhábiles de ningún derecho a premio ni puestos, y expulsos siempre a las fronteras chichimecas, como opuestos al augmento propio y de su libertad, y desde luego se elistarán, para que sean notorios enemigos a Dios y a su grandeza.
Lo nono. Los españoles que desde luego, con sus personas y séquito, salieren y fueren asistentes, y ayudaren a esta santa conspiración y libertad universal, además de que se les dejará la pacífica posesión de todo cuanto hoy gozan y poseen, juntamente se les augmentarán sus estados y dignidades conforme los méritos de cada uno, con títulos de condes, barones, marqueses, duques, caballeros, y otras honoríficas y provechosas dignidades, dándoseles pueblos, rentas y encomiendas, oficios o preeminencias para el lucimiento de cada uno, conforme su dictado y obligaciones.
Lo décimo. Que todos los puestos, oficios o dignidades proveidos por el Rey de Castilla estén en la forma que hoy, con su fuerza y vigor, por el mismo tiempo y término que fueron concedidos y con los mismos fueros, caso que los tales no se opongan al intento y libertad, y si no ayudaren viéndose en la ocasión. Y si algún oficio o puesto llegara a consumirse como el de tributos, que se quita por que no habrá tributarios, se les será restituido otro más honorífico y más interesado.
Lo undécimo. Los españoles que en el principio de esta facción [f. 46 v] y los naturales libertados o libres, que fueren sin género de caudal y pobres, serán dueños con igual repartimiento de toda la hacienda, así moble como raíz, de los que se opusieren a ellos, y de sus oficios públicos, y tenidos ellos y todos sus descendientes por nobles y hidalgos de solar conocido para siempre jamás, y caso que no hubiere oposición serán premiados muy a su contento y nuestra satisfacción.
Lo (sic. ¿duo?) décimo. Los naturales que prueben ser defraudados de sus haciendas desde la conquista hasta hoy, serán restituidos. Y los que en esta empresa se mostraren leales y deseosos de su libertad serán premiados. Y los caciques, nobles y caballeros de ellos que con su persona, gente y hacienda asistieren y adelantaren esta empresa, serán premiados con títulos de marqueses, duques, condes, barones, con hábitos, grandes del reino y otras mercedes, conforme los méritos de cada uno, con los mismos fueros y preeminencias que los españoles, capaces del lucimiento de carrozas, libreas, espadas y demás cosas, sin excepción alguna.
Lo trece. Lo mesmo de los demás géneros de gente de cualquiera calidad o condición que sea, sin que en adelante haya desigualdad en lo tocante a ser capaz del premio merecido en ninguno, como hemos dicho, pues todos son libres y hijos de su hazañas en adelante, y capaces así en lo eclesiástico como en lo secular y milicia como los españoles.
Lo catorce. Que porque sigue grave desconcierto a la república y al avío de lo necesario en tan breve libertad y tan repentina de los esclavos, y mucho detrimento a los vasallos que en las haciendas, trapiches, obrajes y otros empleos tienen impuesta su esperanza y remedio de todo, que padecerá con la ausencia de los que manejan, trabajan y alientan estos empleos, y luego será forzoso sentir grave desconsuelo en la pérdida a su parecer de los esclavos, mandamos que si los dichos dueños de las haciendas, obrajes, labores, o los amos de los oficiales luego al punto empezaren a pagar su trabajo personal como a libres que lo son, irán a asistir sin atreverse nadie a maltratarlos, pegarlos, herirlos, azotarlos, ni otra acción más que despedirlos si no son a propósito, como a españoles al fin. Y los amos, como hemos dicho, que se mostraren a tiempo defensores de esta libertad, serán recompensados en la pérdida de sus esclavos en más que equivalente restitución, aunque la compra no fue legítima pues como no lo fue la venta, pero escusaremos quejas ni agravios que lo parecen aunque no lo son.
Lo quince. Los naturales que luego no acudieren a redemir su ve…ción de todas partes de los reinos, se quedarán tributarios y sujetos a los repartimientos, y los esclavos que no acudieren asimesmo con sus personas, administrando a nuestro ejército víveres y comida, a los cuales se les ha de pagar, y lo mismo los indios quedarán esclavos y los hijos que de ellos nacieren. Y los dueños que les impiden, además de [f. 47 r] perderlos serán castigados a su tiempo y ellos serán esclavos. Y las indias que no hicieran lo mismo, sus hijos serán tributarios también, aunque sus maridos acudan a su obligación, porque es es justo que desempeñen algún trabajo, pues participan tambien del provecho y libertad, grandeza y comodidad de todo.
16°. Los naturales, libres y libertados, si merecieron hábitos se les darán con bastante lucimiento y hacienda para sustentarlo, y sus informaciones se harán sin escrúpulo alguno, pues es notorio no participar ellos de ninguna raza judáica ni herética. Y los españoles que lo merecieren tendrán por nuestra dispensación licencia de hacer sus informaciones aquí en estos reinos, sin pasar a los de Castilla, y lo suplicaremos después a Su Santidad se sirva de concedernos las mismas bulas, gracias y indulgencias como al de Castilla, y facultad de nombrarlos y confirmación de los dados. Asimismo las informaciones, y para el Santo Oficio se harán con exacción aquí y los demás.
17° Que los beneficios eclesiásticos, obispados, canonicatos, arzobispados y cuanto toca al de Castilla el nombramiento, en adelante nos tocará a nosotros. Y actualmente corren pues Su Santidad los confirma por bien nombrados, y los vacantes nos tocarán en adelante.
Que las doctrinas se vuelvan a los religiosos en la forma y manera en que estaban, y sean perpetuamente suyas. Y la limosna que les tocaba de vino y aceite, en habiéndolo cese por como fruto de la tierra, cese y se conmute en raíces que nombraren, para su sustento y gastos de sus capítulos generales.
18°. Que porque necesito de las santas oraciones de los siervos de Dios para que mediante ellas logren mis intentos el deseado fin, para su mayor servicio pido y suplico a todas las comunidades, así religiosos como religosas, intercedan con su divina Majestad me alumbre y me encamine para mayor honra y gloria suya, y libertad y bien de estos vasallos. Y porque todo se encamine con más efecto, hago voto y promesa ante Dios nuestro señor de dar renta y señalar patrimonio a los conventos más pobres y necesitados en todo el reino como patrón suyo, y costear cada un año cien doncellas pobres y honradas, o ya por mí o por mi intervención, y esto mientras viviere.
19° Que los estados del marqués del Valle sean confiscados como inicuamente poseidos, y si hubiere legítimos herederos vivos y constare serlo, se les sea vuelto a cada año lo que le tocare, y mientras se averigüe se reparta a los beneméritos que en esta facción se señalaren.
20° Que suspenda su comisión el arzobispo electo de visitador general, y sean sueltos y perdonados cualesquiera delincuentes, y abiertas las cárceles públicas para que libremente salgan. Y lo mismo los pre [f. 47 v] sos por el santo oficio de la inquisición, menos los rebeldes y obstinaces en sus errores contra nuestra santa fe católica, y los relapsos sentenciados se ejecuten. Los demás sean sueltos y anotados por si reinciden, para que el santo tribunal proceda contra ellos. Que los oidores, alcaldes de corte y ministros de audiencias proveidos de Castilla en toda la Nueva España ejerzan sus oficios mientras hubieren, y pidan nuevos favores conforme sus méritos, letras, justicia y calidades.
21. Que los que fueron oficiales reales en propiedad sean de nuestro consejo de hacienda, los oidores sean del consejo real, los alcaldes sean oidores para nueva chancillería, los alcaldes de corte que se han de nombrar irán subiendo conforme sus méritos, y los demás pues de títulos y grandes de estos reinos se nombrarán conforme sus méritos y hazañas en estos empleos.
Por tanto, atendiendo a la infinita misericordia de Dios nuestro señor y a la intercesión de su bendita madre nuestra señora, que nos alienta y inspira a esta justificada y heroica facción, amonestamos y exortamos a todos, de cualquiera calidad que sean, que con toda paz y tranquilidad se reduzcan a la razón y justificación propuesta. Y serán premiados con suma grandeza. Y obrando en lo contrario será forzoso (aunque con sumo desconsuelo de nuestro corazón, tan inclinado a la clemencia y benignidad y liberalidad), proceder con el furor militar que en estas ocasiones es permitido, y procurar reducirlos por armas. Que no se puede conseguir menos que poner a riesgo manifiesto las vidas, que en nosotros que lo seguimos será de premio eterno por juntarnos con la verdad y piadosa hazaña como sacudir el tirano yugo que tantos y tantos afligidos pueblos padecen. Y en los que resisteran no sólo peligra la salud temporal de la vida entre las armas sino la de la eterna, por cuanto intentan interrumpir la equidad y la verdad, el sosiego y la paz pública y el común descanso de todos. Lo que el cielo no permita, pues hemos visto ejemplos manifiestos de buen y de feliz acierto desde el principio del mundo hasta hoy con los que animan y emprenden semejantes hazañas deregidas al consuelo universal de todos, que se encamina primeramente al mayor servicio de Dios, para que sus criaturas le sirvan con mayores veras, como más libres, más contentos, más dueños de sus causas, más refrenados del vicio y más alentados a la virtud y justicia, que mediante el buen gobierno se alcanza.
         Bendita sea su divina majestad que así lo ordena, en honra y gloria suya por siglos de los siglos. [posible firma, borrada con tinta].

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